Page 13 - San Miguel Soyaltepec
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Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de INFORME FINAL DE AUDITORÍA
la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del
Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Pliego de Observaciones. Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
2023- OA/CPM/070/2024-PO-07 Pliego de Observaciones.
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la 2023- OA/CPM/070/2024-PO-08
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $47,285.42 (Cuarenta y
siete mil doscientos ochenta y cinco pesos 42/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
resultado.” documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $451,600.00
(Cuatrocientos cincuenta y un mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación
(…) detallada en este resultado.”
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado (…)
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-10-SOL-10.
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-11-SOL-11.
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultado AF-12. Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
El siguiente resultado AF-13 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se como solventado el resultado AF-13.
transcribe a continuación:
El siguiente resultado AF-14 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
(…) transcribe a continuación:
“RESULTADO: AF-13 CON OBSERVACIÓN (…)
De la revisión a la sub-subcuenta 51251-2531 MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE “RESULTADO: AF-14 CON OBSERVACIÓN
APLICACIÓN HUMANA, se constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en
cantidad de $451,600.00 (Cuatrocientos cincuenta y un mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), De la revisión a la sub-subcuenta 51261-2611 COMBUSTIBLES, se constató que la Entidad Fiscalizable
observándose que los registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con la afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $2,500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos
documentación justificativa del gasto como es el procedimiento de contratación en donde 00/100 M.N.), observándose la cantidad de $270,000.00 (Doscientos setenta mil pesos 00/100 M.N.),
garanticen al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, debido a que los registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con la
financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; el requerimiento de los artículos o documentación justificativa del gasto como es el documento donde conste el control del suministro
materiales, la autorización correspondiente, la constancia de recepción y la evidencia del destino final, de combustible de las unidades propiedad del Municipio debidamente requisitado y autorizado, la
como se detalla en el ANEXO DAM-FC-11. plantilla vehicular; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-12.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
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