Page 10 - San Pedro Pochutla
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA     Pliego de Observaciones.                                                                                  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                                                                                                                                         Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
                               2023-OA/CPM/080/2024-PO-04                                                                                primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios
                                                                                                                                         y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos
                               Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la       del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal
                               documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $180,173.36 (Ciento            de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
                               ochenta mil ciento setenta y tres pesos 36/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas en este
                               resultado.”                                                                                               Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:

                               (…)                                                                                                       Pliego de Observaciones.

                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                        2023-OA/CPM/080/2024-PO-05
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                                                                                                                         Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; respecto al importe                          documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $329,894.00 (Trescientos
                            observado de $180,173.36 (Ciento ochenta mil ciento setenta y tres pesos 36/100 M.N.),                       veintinueve mil ochocientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones
                            solventó la cantidad de $66,660.80 (Sesenta y seis mil seiscientos sesenta pesos 80/100                      detalladas en este resultado.”
                            M.N.), en consecuencia, la cantidad de $113,512.56 (Ciento trece mil quinientos doce pesos
                            56/100 M.N.) queda observada, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-04-SOL-04.                                  (…)

                                                                                                                                         La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                                                                                                                         antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General                Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la
                            de Contabilidad Gubernamental y 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.                       documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
                                                                                                                                         anteriormente en cantidad de $329,894.00 (Trescientos veintinueve mil ochocientos
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                    noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-05-SOL-05.
                            insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                            concluyendo como solventado parcialmente el resultado AF-07.

                            El siguiente resultado AF-08 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                 Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
                            transcribe a continuación:                                                                                   de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

                               (…)                CON OBSERVACIÓN                                                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                                                                                                                         insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                               “RESULTADO: AF-08                                                                                         concluyendo como no solventado el resultado AF-08.

                               De la revisión a la sub-subcuenta 51211-2151 MATERIAL IMPRESO Y SUSCRIPCIONES, se constató que la         El siguiente resultado AF-09 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                               Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $329,894.00 (Trescientos             transcribe a continuación:
                               veintinueve mil ochocientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.); observándose que los registros
                               contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del           (…)
                               gasto, relativa al procedimiento de contratación en donde garantice al municipio las mejores
                               condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás                  “RESULTADO: AF-09  CON OBSERVACIÓN
                               circunstancias pertinentes; la requisición de material; la autorización correspondiente, la autorización
                               de pago y cuadro comparativo. Además, se observó que presentó documentos que no están                     De la revisión a la sub-subcuenta 51221-2211 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, SERVICIO DE COMEDOR Y VÍVERES,
                               debidamente firmados; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-05.                                              se constató que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $425,429.00

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