Page 19 - San Pedro Pochutla
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Pliego de Observaciones. primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios INFORME FINAL DE AUDITORÍA
y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos
2023-OA/CPM/080/2024-PO-18 del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $177,553.00 (Ciento Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
setenta y siete mil quinientos cincuenta y tres pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones
detalladas en este resultado.” Pliego de Observaciones.
(…) 2023- OA/CPM/080/2024-PO-19
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $2,260,000.00 (Dos
millones doscientos sesenta mil pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas en este
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la resultado.”
documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
anteriormente en cantidad de $177,553.00 (Ciento setenta y siete mil quinientos cincuenta (…)
y tres pesos 00/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-15-SOL-18.
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la
de Contabilidad Gubernamental y 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
anteriormente en cantidad de $2,260,000.00 (Dos millones doscientos sesenta mil pesos
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera 00/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-16-SOL-19.
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como no solventado el resultado AF-23.
El siguiente resultado AF-24 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
transcribe a continuación: de Contabilidad Gubernamental y 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
(…) Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
“RESULTADO: AF-24 CON OBSERVACIÓN concluyendo como no solventado el resultado AF-24.
De la revisión a las sub-subcuentas 51331-3312 SERVICIOS DE CONTABILIDAD, AUDITORIA, ASESORÍA El siguiente resultado AF-25 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
CONTABLE Y FISCAL, se constató que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en transcribe a continuación:
cantidad de $2,260,000.00 (Dos millones doscientos sesenta mil pesos 00/100 M.N.), observándose que
los registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación (…)
justificativa del gasto, como es el procedimiento de contratación en donde garantice al municipio las
mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás RESULTADO: AF-25 CON OBSERVACIÓN
circunstancias pertinentes; y la solicitud para la contratación. Además, presentó documentos que no
están debidamente firmados; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-16.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3322 SERVICIOS DE INGENIERÍA Y ACTIVIDADES RELACIONADAS, se
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $2,334,029.85 (Dos
millones trescientos treinta y cuatro mil veintinueve pesos 85/100 M.N.); observándose que los registros
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