Page 17 - San Pedro Pochutla
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PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO SANTANDER (MÉXICO), S.A. CTA: procedimiento de contratación en donde garantice al municipio las mejores condiciones disponibles INFORME FINAL DE AUDITORÍA
en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinente. Además,
18000245293 se observó que presentó el contrato y constancia de recepción, los cuales no se encuentran
debidamente firmados; como se detalla a continuación:
No. DE CHEQUE O
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FECHA TRANSFERENCIA IMPORTE
BANCARIA
TRANSFERENCIA BANCO SANTANDER (MÉXICO), S.A. CTA:
18000245293
005440 31/10/2023 886,529.00 001887 31/10/2023 886,529.00 05/10/2023 INTERBANCARIA 886,529.00 PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO
$886,529.00
11E00000170
TOTAL $886,529.00 $886,529.00 NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FECHA No. DE CHEQUE O IMPORTE
TRANSFERENCIA
BANCARIA
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 42, 43, 002080 31/05/2023 116,000.00 000736 31/05/2023 116,000.00 08/05/2023 TRANSFERENCIA 116,000.00
67 párrafo primero y artículo 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. REF 7556589
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: RENTA DE PARQUE
VEHICULAR
Pliego de Observaciones.
2023- OA/CPM/080/2024-PO-15 TOTAL $116,000.00 $116,000.00 $116,000.00
Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $886,529.00 (Ochocientos Continúa cuadro a la derecha...
ochenta y seis mil quinientos veintinueve pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas
en este resultado.” COMPROBANTE
(…) FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
08/05/2023
5BE60753-CFB0- SIDNY BIENES Y 116,000.00 1 SERVICIO DE RENTA DEL PARQUE VEHICULAR DEL
4B7B-98E7- SERVICIOS MUNICIPIO DE SAN PEDRO POCHUTLA DE LOS
14F1A99D1475 MESES DE ENERO, FEBRERO, MARZO, ABRIL Y MAYO
COMERCIALES DEL AÑO 2023
$116,000.00
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-SOL-15. del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
como solventado el resultado AF-20.
Pliego de Observaciones.
El siguiente resultado AF-21 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: 2023-OA/CPM/080/2024-PO-16
(…) Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $116,000.00 (Ciento
dieciséis mil pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas en este resultado.”
(…)
“RESULTADO: AF-21 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3225 ARRENDAMIENTO DE OTROS EDIFICIOS NO DESCRITOS La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
ANTERIORMENTE, se constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
de $116,000.00 (Ciento dieciséis mil pesos 00/100 M.N.), observándose que el registro contable y
presupuestario no se encuentra respaldado con la documentación justificativa del gasto, como es el
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