Page 17 - Santa Maria del Tule
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Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley   Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                  INFORME FINAL DE AUDITORÍA
General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.                                                               Pliego de Observaciones.

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:               2023-OA/CPM/106/2024-PO-18

Pliego de Observaciones.                                                                                Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                        documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $69,600.00 (Sesenta y
2023-OA/CPM/106/2024-PO-17                                                                              nueve mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas en este resultado.”

Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la     (…)
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $85,300.60 (Ochenta y
cinco mil trescientos pesos 60/100 M.N..), conforme a las observaciones detalladas en este resultado.”  La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                                                                                        antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
(…)

La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                   Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                    observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-18-SOL-18.

Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las                   Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-17-SOL-17.                  suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                                                                                                        como solventado el resultado AF-25.

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera               El siguiente resultado AF-26 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo             auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
como solventado el resultado AF-24.
                                                                                                        (…)                SIN OBSERVACIÓN
El siguiente resultado AF-25 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:                                                                              “RESULTADO: AF-26

(…)                CON OBSERVACIÓN                                                                      De la revisión a las sub-subcuentas 51331-3312 SERVICIOS DE CONTABILIDAD, AUDITORÍA, ASESORÍA
                                                                                                        CONTABLE Y FISCAL y 51351-3591 SERVICIOS DE INGENIERÍA Y ACTIVIDADES RELACIONADA, se verificó la
“RESULTADO: AF-25                                                                                       autorización de la partida en el presupuesto de egresos, la existencia de registros contables y
                                                                                                        presupuestales específicos de las erogaciones del fondo o programa, debidamente actualizados,
De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3311 SERVICIOS PROFESIONALES DE TRAMITES LEGALES, NOTARIALES;   identificados y controlados, además que se encuentran respaldados con la documentación original
se constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $320,203.77     que justifica y comprueba el gasto incurrido y que cumple con la normatividad aplicable en
(Trescientos veinte mil doscientos tres pesos 77/100 M.N.), observándose la cantidad de $69,600.00      cantidades de $445,440.00 (Cuatrocientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta pesos 00/100
(Sesenta y nueve mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), debido a que los registros contables y             M.N.) y $261,160.00 (Doscientos sesenta y un mil ciento sesenta pesos 00/100 M.N.), respectivamente.”
presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto, como es
la solicitud que especifique la necesidad de la contratación; la autorización correspondiente, como     (…)
se detalla en el ANEXO DAM-FC-18.

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley   Debido a lo anterior, este resultado AF-26 permanece sin observaciones.
General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

                                                                                                                                                                                                               15
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