Page 21 - Santa María Tlahuitoltepec
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Pliego de Observaciones.                                                                                         justificativa del gasto, relativa al procedimiento de contratación en donde garantice al municipio las                         INFORME FINAL DE AUDITORÍA
                                                                                                                 mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
2023-OA/CPM/115/2024-PO-20                                                                                       circunstancias pertinentes; la solicitud que especifique la necesidad contratar el servicio; la
                                                                                                                 autorización correspondiente; y la evidencia de los trabajos realizados referente a los entregables,
Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la              como se detalla en el ANEXO DAM-FC-20.
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $162,400.00 (Ciento
sesenta y dos mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas en                   Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
este resultado.”                                                                                                 Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
                                                                                                                 primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
(…)                                                                                                              Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del
                                                                                                                 Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                            Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                                                                                                 Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la                                  acción:
documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
anteriormente en cantidad de $162,400.00 (Ciento sesenta y dos mil cuatrocientos pesos                           Pliego de Observaciones.
00/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-19-SOL-19.
                                                                                                                 2023-OA/CPM/115/2024-PO-21
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de                            Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Oaxaca; 28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,                                 documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $417,600.00
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles                           (Cuatrocientos diecisiete mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones
del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el                                 detalladas en este resultado.”
Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria.                                                                                 (…)

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                    antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
concluyendo como no solventado el resultado AF-22.
                                                                                                     Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la
El siguiente resultado AF-23 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se         documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
transcribe a continuación:                                                                           anteriormente en cantidad de $417,600.00 (Cuatrocientos diecisiete mil seiscientos pesos
                                                                                                     00/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-20-SOL-20.
(…)                CON OBSERVACIÓN
                                                                                                     Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
“RESULTADO: AF-23                                                                                    de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
                                                                                                     28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3312 SERVICIOS DE CONTABILIDAD, AUDITORÍA, ASESORÍA          Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
CONTABLE Y FISCAL; se constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en       del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el
cantidad de $417,600.00 (Cuatrocientos diecisiete mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), observando     Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto
que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación       y Responsabilidad Hacendaria.

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