Page 22 - Santa María Tlahuitoltepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                   Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la
                            insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                           documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
                            concluyendo como no solventado el resultado AF-23.                                                          anteriormente en cantidad de $1,244,645.82 (Un millón doscientos cuarenta y cuatro mil
                                                                                                                                        seiscientos cuarenta y cinco pesos 82/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-21-
                            El siguiente resultado AF-24 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                SOL-21.
                            transcribe a continuación:

                                (…)                         CON OBSERVACIÓN                                                             Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
                                                                                                                                        de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
                                “RESULTADO: AF-24                                                                                       28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
                                                                                                                                        Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
                                De la revisión a la sub-subcuenta 51331 - 3321 SERVICIOS DE DISEÑO Y ARQUITECTURA; se constató          del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el
                                que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $1,244,645.82 (Un millón    Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto
                                doscientos cuarenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y cinco pesos 82/00 M.N.), observando que         y Responsabilidad Hacendaria.
                                los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación
                                justificativa del gasto, relativa al procedimiento de contratación en donde garantice al municipio las  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás        insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                                circunstancias pertinentes; la solicitud que especifique la necesidad contratar el servicio; y la       concluyendo como no solventado el resultado AF-24.
                                evidencia de los trabajos realizados referente a los expediente de gastos indirectos, como se detalla
                                en el ANEXO DAM-FC-21.

                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de        El siguiente resultado AF-25 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos          transcribe a continuación:
                                primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
                                Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del                   (…)
                                Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del
                                Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.                               “RESULTADO: AF-25

                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente                      CON OBSERVACIÓN
                                acción:
                                                                                                                                        De la revisión a la sub-subcuenta 51351–3551 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE
                                Pliego de Observaciones.                                                                                TRANSPORTE; se constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad
                                                                                                                                        de $157,525.40 (Ciento cincuenta y siete mil quinientos veinticinco pesos 40/100 M.N.), observando
                                2023-OA/CPM/115/2024-PO-22                                                                              que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación
                                                                                                                                        justificativa del gasto, relativa al procedimiento de contratación en donde garantice al municipio las
                                Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la     mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
                                documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $1,244,645.82 (Un millón     circunstancias pertinentes; tres referentes; la solicitud que especifique la necesidad del servicio; la
                                doscientos cuarenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y cinco pesos 82/00 M.N.), conforme a la          autorización correspondiente; las bitácoras de mantenimiento en las que se demuestre que los
                                observación detallada en este resultado.”                                                               servicios fueron realizados a los equipos de transporte propiedad del municipio y la evidencia de los
                                                                                                                                        trabajos realizados referente a los servicios relacionados. Además, se observó que realizó servicios a
                                (…)                                                                                                     vehículos que no se encuentran en el inventario de bienes muebles integrado en la cuenta pública
                                                                                                                                        del ejercicio 2023, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-22.

                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                       Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                        Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
                                                                                                                                        primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
                                                                                                                                        Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento

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