Page 15 - Santiago Pinotepa Nacional
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financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, así como, la evidencia de la Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera INFORME FINAL DE AUDITORÍA
recepción y destino de los materiales y herramientas adquiridos, lo anterior como se detalla en el insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
ANEXO DAM-FC-05. concluyendo como no solventado el Resultado: AF-15.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de El siguiente Resultado: AF-16 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley (…)
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado
de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. “RESULTADO: AF-16 SIN OBSERVACIÓN
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2462 MATERIAL PARA INSTALACIONES DE
acción: TELECOMUNICACIONES Y RADIOFÓNICAS, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de
Santiago Pinotepa Nacional, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en
Pliego de observaciones: cantidad de $235,002.00 (Doscientos treinta y cinco mil dos pesos 00/100 M.N.); constatando que
los registros contables y presupuestarios, se encuentran respaldados con la documentación
2023-OA/CPM/130/2024-PO-08. comprobatoria y justificativa del gasto.
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $362,663.22 alguna respecto a este resultado.”
(Trescientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta y tres pesos 22/100 M.N.), conforme a la
observación detallada en este resultado.” (…)
(…) Debido a lo anterior, este Resultado: AF-16 permanece sin observaciones.
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado El siguiente Resultado: AF-17 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: transcribe a continuación:
Respecto a la documentación justificativa, relativa al proceso de contratación (…)
correspondiente, evidencia de la recepción y destino de los materiales y herramientas
adquiridos, presentó información y documentación, como se detalla en el ANEXO DAM-FC- “RESULTADO: AF-17 CON OBSERVACIÓN
05-SOL; sin embargo, no presentó el estudio de mercado y la justificación de la excepción a
la licitación, por lo cual, la documentación presentada resulta insuficiente para solventar las De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2471 MATERIALES METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, se
observaciones emitidas en cantidad de $78,424.96 (Setenta y ocho mil cuatrocientos constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Pinotepa Nacional, Distrito de
veinticuatro pesos 96/100 M.N.). Jamiltepec, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $232,003.93 (Doscientos
treinta y dos mil tres pesos 93/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios,
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43 y 70 fracción I de la Ley General de no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de
Contabilidad Gubernamental; 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, contratación correspondiente, conforme la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y
del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto demás circunstancias pertinentes, así como, la evidencia de la recepción y destino de los materiales
y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca adquiridos, lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-06.
para el Ejercicio Fiscal 2023.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley
de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
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