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INFORME FINAL DE AUDITORÍA              Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley          El siguiente Resultado: AF-18 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                                        Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado        se transcribe a continuación:
                                        de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
                                                                                                                                                        (…)
                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                        acción:                                                                                                            “RESULTADO: AF-18 CON OBSERVACIÓN

                                        Pliego de observaciones:                                                                                           De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2491 PRODUCTOS DE PINTURA Y RECUBRIMIENTOS, se constató
                                                                                                                                                           que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Pinotepa Nacional, Distrito de Jamiltepec,
                                        2023-OA/CPM/130/2024-PO-09.                                                                                        Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $228,079.20 (Doscientos veintiocho mil
                                                                                                                                                           setenta y nueve pesos 20/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios, no se
                                        Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                 encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa a la solicitud,
                                        documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $232,003.93                             autorización, tres cotizaciones, cuadro comparativo y evidencia de la recepción, destino y uso de los
                                        (Doscientos treinta y dos mil tres pesos 93/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este                 productos adquiridos; lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-07.
                                        resultado.”
                                                                                                                                                           Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                                     (…)                                                                                                                   Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo
                                                                                                                                                           tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                                          Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                                                                                                                                           Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                            Respecto a la documentación justificativa, relativa a la solicitud, autorización, tres                                         acción:
                            cotizaciones, cuadro comparativo y evidencia de la recepción, destino y uso de los
                            productos adquiridos, presentó información y documentación, como se detalla en el ANEXO                                        Pliego de observaciones:
                            DAM-FC-06-SOL; misma que presenta inconsistencias, así mismo, no presentó la demás
                            documentación del proceso de contratación correspondiente, por lo cual, la documentación                                       2023-OA/CPM/130/2024-PO-10.
                            presentada resulta insuficiente para solventar las observaciones emitidas en cantidad de
                            $100,815.17 (Cien mil ochocientos quince pesos 17/100 M.N.).                                                                   Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                                           documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $228,079.20
                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43 y 70 fracción I de la Ley General de                                   (Doscientos veintiocho mil setenta y nueve pesos 20/100 M.N.), conforme a la observación detallada
                            Contabilidad Gubernamental; 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,                                                      en este resultado.”
                            Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
                            del Estado de Oaxaca ; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto                                  (…)
                            y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
                            para el Ejercicio Fiscal 2023                                                                                      La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                                                                                                                               antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                                  Respecto a la documentación justificativa, relativa a la solicitud, autorización, tres
                            concluyendo como no solventado el Resultado: AF-17.                                                                cotizaciones, cuadro comparativo y evidencia de la recepción, destino y uso de los
                                                                                                                                               productos adquiridos, presentó información y documentación, como se detalla en el ANEXO
                                                                                                                                               DAM-FC-07-SOL; misma que presenta inconsistencias, así mismo, no presentó la demás
                                                                                                                                               documentación del proceso de contratación correspondiente, por lo cual, la documentación
                                                                                                                                               presentada resulta insuficiente para solventar las observaciones emitidas en cantidad de
                                                                                                                                               $85,336.56 (Ochenta y cinco mil trescientos treinta y seis pesos 56/100 M.N.).

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