Page 22 - Santo Domingo Tehuantepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA      Pliego de Observaciones.                                                                               Pliego de Observaciones.

                                2023-OA/CPM/135/2024-PO-28                                                                             2023-OA/CPM/135/2024-PO-29

                                Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la      Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la
                                documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad $73,466.66 (Setenta y tres     documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $53,592.00 (Cincuenta
                                mil cuatrocientos sesenta y seis pesos 66/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este       y tres mil quinientos noventa y dos pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
                                resultado.”                                                                                            resultado.”

                                (…)                                                                                                    (…)

                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                      La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                       antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las                      Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
                            observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-30-SOL-                        observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-31-SOL-31.
                            30.

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                            como solventado el resultado AF-31.                                                                        como solventado el resultado AF-32.

                            El siguiente resultado AF-32 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se               El siguiente resultado AF-33 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                 transcribe a continuación:

                                (…)                                                                                                    (…)                CON OBSERVACIÓN

                                “RESULTADO: AF-32                                                                                      “RESULTADO: AF-33

                                                   CON OBSERVACIÓN                                                                     De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3311 SERVICIOS PROFESIONALES DE TRAMITES LEGALES,
                                                                                                                                       NOTARIALES; se constató que la entidad fiscalizable, afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de
                                De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3291 ARRENDAMIENTO DE MESAS, SILLAS, UTENSILIOS DE             $1,059,000.00 (Un millón cincuenta y nueve mil pesos 00/100 M.N.), observando que el registro contable
                                COCINA, MANTELERÍA, LONAS, CARPAS Y SIMILARES; se constató que la entidad fiscalizable, afectó al      y presupuestario en cantidad de $450,000.00 (Cuatrocientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) no
                                Presupuesto de Egresos en cantidad de $642,885.92 (Seiscientos cuarenta y dos mil ochocientos          se encuentra soportado con la documentación justificativa del gasto relativa a la solicitud que
                                ochenta y cinco pesos 92/100 M.N.), observando que el registro contable y presupuestario en cantidad   especifique la necesidad de la contratación del servicio; la autorización correspondiente; y la
                                de $53,592.00 (Cincuenta y tres mil quinientos noventa y dos pesos 00/100 M.N.) no se encuentra        evidencia de los trabajos realizados referente a los entregables; como se detalla en el ANEXO DAM-
                                soportado con la documentación justificativa del gasto relativa a la solicitud que especifique la      FC-32.
                                necesidad de la contratación; la autorización correspondiente; y la evidencia que demuestre el uso
                                del servicio realizado; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-31.                                         Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley
                                                                                                                                       General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley  Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
                                General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
                                Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.                                                              Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                                                                                                                       acción:
                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                acción:

                            20
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