Page 22 - Santo Domingo Tehuantepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Pliego de Observaciones. Pliego de Observaciones.
2023-OA/CPM/135/2024-PO-28 2023-OA/CPM/135/2024-PO-29
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad $73,466.66 (Setenta y tres documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $53,592.00 (Cincuenta
mil cuatrocientos sesenta y seis pesos 66/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este y tres mil quinientos noventa y dos pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
resultado.” resultado.”
(…) (…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-30-SOL- observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-31-SOL-31.
30.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultado AF-31. como solventado el resultado AF-32.
El siguiente resultado AF-32 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se El siguiente resultado AF-33 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: transcribe a continuación:
(…) (…) CON OBSERVACIÓN
“RESULTADO: AF-32 “RESULTADO: AF-33
CON OBSERVACIÓN De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3311 SERVICIOS PROFESIONALES DE TRAMITES LEGALES,
NOTARIALES; se constató que la entidad fiscalizable, afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de
De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3291 ARRENDAMIENTO DE MESAS, SILLAS, UTENSILIOS DE $1,059,000.00 (Un millón cincuenta y nueve mil pesos 00/100 M.N.), observando que el registro contable
COCINA, MANTELERÍA, LONAS, CARPAS Y SIMILARES; se constató que la entidad fiscalizable, afectó al y presupuestario en cantidad de $450,000.00 (Cuatrocientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) no
Presupuesto de Egresos en cantidad de $642,885.92 (Seiscientos cuarenta y dos mil ochocientos se encuentra soportado con la documentación justificativa del gasto relativa a la solicitud que
ochenta y cinco pesos 92/100 M.N.), observando que el registro contable y presupuestario en cantidad especifique la necesidad de la contratación del servicio; la autorización correspondiente; y la
de $53,592.00 (Cincuenta y tres mil quinientos noventa y dos pesos 00/100 M.N.) no se encuentra evidencia de los trabajos realizados referente a los entregables; como se detalla en el ANEXO DAM-
soportado con la documentación justificativa del gasto relativa a la solicitud que especifique la FC-32.
necesidad de la contratación; la autorización correspondiente; y la evidencia que demuestre el uso
del servicio realizado; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-31. Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
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