Page 18 - Santo Domingo Tehuantepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA      Pliego de Observaciones.                                                                               Pliego de Observaciones.

                                2023-OA/CPM/135/2024-PO-21                                                                             2023-OA/CPM/135/2024-PO-22

                                Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la      Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la
                                documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $91,640.00 (Noventa y       documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $43,915.20 (Cuarenta y
                                un mil seiscientos cuarenta pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este            tres mil novecientos quince pesos 20/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
                                resultado.”                                                                                            resultado.”

                                (…)                                                                                                    (…)

                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                      La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                       antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las                      Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
                            observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-22-SOL-22.                     observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-23-SOL-23.

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                            como solventado el resultado AF-23.                                                                        como solventado el resultado AF-24.

                            El siguiente resultado AF-24 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se               El siguiente resultado AF-25 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                 transcribe a continuación:

                                (…)                CON OBSERVACIÓN                                                                     (…)                CON OBSERVACIÓN

                                “RESULTADO: AF-24                                                                                      “RESULTADO: AF-25

                                De la revisión a la sub-subcuenta 51291-2982 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MAQUINARIA            De la revisión a la sub-subcuenta 51311-3112 SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO; se constató que la
                                PESADA Y DE CONSTRUCCIÓN; se constató que la entidad fiscalizable, afectó al Presupuesto de            entidad fiscalizable, afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $5,512,091.00 (Cinco millones
                                Egresos en cantidad de $398,276.20 (Trescientos noventa y ocho mil doscientos setenta y seis pesos     quinientos doce mil noventa y un pesos 00/100 M.N.), observando que un registro contable y
                                20/100 M.N.), observando que el registro contable y presupuestario en cantidad de $43,915.20           presupuestario no se encuentra soportado con la documentación relativa a los recibos de luz por el
                                (Cuarenta y tres mil novecientos quince pesos 20/100 M.N.) no se encuentra soportado con la            servicio de alumbrado público; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-24.
                                documentación justificativa del gasto relativa al requerimiento de las refacciones que especifique la
                                necesidad de su adquisición; la autorización correspondiente; la constancia de recepción de las        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley
                                refacciones y la evidencia del uso o destino de las mismas; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-        General de Contabilidad Gubernamental y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
                                23.                                                                                                    Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de       acción:
                                Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                acción:

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