Page 10 - San Sebastián Teitipac
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  y comunicaciones mediante memorándum OSFE/UTIC/0432/2022 de fecha 22 de noviembre

                                                  de 2022, los registros contables de las sub-subcuentas 12352-02-25-FISM032021
                                                  CONSTRUCCIÓN DE TECHADO MULTIDEPORTIVO EN BIENES PÚBLICOS 1ª ETAPA (2021)
                                                  (2021), 21131-02-25-60000016 CASTE INGENIERÍA Y DESARROLLO SA DE CV NA, así como
                                                  al expediente de denuncia número OSFE/SFCPM/DAMB/DMSE/0028/2022, relativa a la obra

                                                  denominada “CONSTRUCCIÓN DE TECHADO MULTIDEPORTIVO EM BIENES PÚBLICOS 1ª
                                                  ETAPA”, ubicada en el Municipio de San Sebastián Teitipac, se conoció que la obra fue financiada
                                                  con recursos provenientes del Ramo General 33, Fondo de Aportaciones para la Infraestructura

                                                  Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISM-DF), con número

                                                  de contrato MSST/349/FISM-FISE/003/2021, adjudicada a la empresa CASTE INGENIERÍA Y
                                                  DESARROLLO SA DE CV NA, por la cantidad de $429,986.80 (Cuatrocientos veintinueve mil
                                                  novecientos ochenta y seis pesos 80/100 M.N.) en el ejercicio fiscal 2021; sin embargo, no se
                                                  identificó registro contable referente al pago; así mismo, se observó la falta de evidencia documental

                                                  comprobatoria y justificativa, relativa al Comprobante Fiscal Digital por Internet, pólizas diario

                                                  y egresos con su soporte documental, estados de cuenta, conciliaciones bancarias, auxiliares de

                                                  cuenta y comprobantes de entero de las retenciones realizadas a las instancias correspondientes;

                                                  como se detalla a continuación:

                                                     NÚMERO         PÓLIZA DIARIO    IMPORTE              NÚMERO  PÓLIZA DE EGRESOS  IMPORTE
                                                                                                                             FECHA   PAGADO
                                                      002778       FECHA                    $250,096.02
                                                      002780                                 $179,890.78
                                                                31/12/2021                $429,986.80
                                                                31/12/2021
                                                                 TOTALES

                                                  Continúa cuadro a la derecha…

                                                             RETENCIONES

                                                      5 AL      3% IMPUESTO SOBRE    IMPORTE NETO                                                   OBSERVACIONES
                                                     MILLAR                NOMINA
                                                                                                   NO PRESENTÓ EVIDENCIA DOCUMENTAL, CFDI, PÓLIZAS DE DIARIO Y EGRESO CON
                                                     $1,078.00                                     SOPORTE DOCUMENTAL, ESTADOS DE CUENTA, CONCILIACIONES BANCARIAS,
                                                                                                   AUXILIARES DE CUENTA Y COMPROBANTES DE ENTERO DE LAS RETENCIONES
                                                     $775.39              $1,680.57                REALIZADAS.

                                                     $1,853.39            $1,680.57

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                          Código Fiscal de la Federación.

                                                          Artículo 29: “Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que
                                                          realicen…”;
                                                          Artículo 29-A: “Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes
                                                          requisitos…”

                                                          Ley General de Contabilidad Gubernamental.

                                                          Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
                                                          compruebe y justifique los registros que se efectúen.”;
                                                          Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
                                                          comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
                                                          establezca el consejo.”;
                                                          Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
                                                          correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
                                                          disposiciones que emita el consejo”
                                                          Artículo 70 Fracción I:“Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
                                                          controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
                                                          órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”

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