Page 15 - San Pedro Teozacoalco
P. 15

AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

Solicitud de aclaración:                                                                                                                              INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

2018/2019 OA/SFCPM/SEM/005/2022-SA-06

El Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Teozacoalco, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca,
deberá presentar ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la información
y documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se
detallan en este resultado.

El Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Teozacoalco, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca, no
presentó el Programa Anual de Obra Pública, de los ejercicios Fiscales 2018 y 2019, asimismo,
evidencia de sus publicaciones en otros medios, como la Gaceta Municipal o revistas especializadas
en temas municipales.

Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios
Públicos Municipales, Artículo 49. que a la letra dice:

         Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales

         Artículo  49: “El Ayuntamiento, dentro de los primeros noventa días de su ejercicio anual, deberá elaborar sus programas de obras y
         servicios, tomando en consideración la participación y consulta popular que se hubieran hecho al Consejo de Desarrollo Social Municipal.
         Estos programas deberán ser aprobados por mayoría calificada, y publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en la Gaceta
         Municipal o revistas especializadas en temas municipales, y serán enviados al Congreso del Estado para su conocimiento.”

RESULTADO: ASE-08  SIN OBSERVACIÓN

De la revisión efectuada a la documentación proporcionada, el ente auditado no presentó el
documento denominado “Padrón de contratistas de obra pública del ejercicio 2020” y no presentó
evidencia de su publicación en el Periódico Oficial, y como resultado de la consulta realizada
al sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección
electrónica http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se encontró que el Padrón de contratistas
del H.  Ayuntamiento del municipio de San Pedro Teozacoalco, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca,
fue publicado el día 15 de diciembre de 2018, de la revisión a este documento se constató que
el Ayuntamiento celebró todos los contratos de obra con contratistas inscritos en el Padrón
publicado, cumpliendo lo establecido en el artículo 26 A de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados del Estado de Oaxaca que establece que sólo se podrán celebrar contratos con
aquellos contratistas que estén inscritos en el padrón.

RESULTADO: ASE-09  CON OBSERVACIÓN

De la revisión efectuada a la documentación proporcionada, el ente auditado no presentó el
documento denominado “Padrón de contratistas de obra pública del ejercicio fiscal 2019”, el
Ciudadano Ramiro Valencia Sánchez, Presidente Municipal de San Pedro Teozacoalco, Distrito de
Nochixtlán, Oaxaca, manifestó a través del oficio número 115, de fecha 05 de diciembre de 2022
que: “esta autoridad municipal se ve imposibilitada para dar cumplimiento a todo lo requerido en
dichos numerales, por las razones y motivos expuestos, por que no tenemos nada de los documentos e
información que se requiere y no hay forma de hacer la búsqueda toda vez que, el presidente municipal
en turno en el ejercicio 2018-2019 no vive en este municipio, así como tampoco sus familiares mas
cercanos y nos forma de localizarlos”, y como resultado de la consulta realizada al sitio web oficial
del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica http://www.
periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que el Padrón de contratistas del H. Ayuntamiento
del municipio de San Pedro Teozacoalco, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca, del Ejercicio Fiscal 2019,
no fue publicado, por lo que el municipio no demuestra que los contratistas con los cuales se
contrataron las obras públicas estuvieron debidamente inscritos en el padrón.

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

         Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca

         Artículo 26  A: “La Secretaría y los Ayuntamientos llevarán, cada uno de ellos un Padrón de Contratistas de Obra Pública, lo mantendrán
         permanentemente actualizado, y clasificarán a los contratistas registrados en el mismo, de acuerdo a su capacidad técnica, económica,
         objeto social o giro de negocios que desarrolle. Este padrón será publicado en el Periódico Oficial del Estado. El registro o renovación en

                                                          13
   10   11   12   13   14   15   16   17   18   19   20