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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022           el Padrón será obligatorio, por lo que sólo se podrán celebrar contratos con los contratistas que acrediten estar debidamente inscritos en el
                                                           Padrón, y tendrán el costo que señalen las leyes de ingresos Estatal y Municipales del ejercicio fiscal que corresponda, con vigencia para un
                                                           ejercicio fiscal. Los Contratistas, para renovar su registro, deberán de presentar su solicitud dentro de los quince días hábiles anteriores a su
                                                           vencimiento, si omiten presentar la solicitud en el plazo indicado tendrá como consecuencia la suspensión del registro solicitado.”

                                                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
                                                  Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Teozacoalco, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca, para que
                                                  justificara o aclarara la observación que se detalló en este resultado y presentara dentro del plazo
                                                  que establece la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca
                                                  en el artículo 22 segundo párrafo: toda la información y documentación que demostrara las acciones
                                                  realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.

                                                  Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0362/2023, notificado el día 05 de octubre de
                                                  2023, se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Teozacoalco, Distrito de
                                                  Nochixtlán, Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un
                                                  plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

                                                  El Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Teozacoalco, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca,
                                                  en el proceso de aclaraciones y justificaciones, no presentó información o documentación; por lo

                                                  cual, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera no atendida la
                                                  observación; por lo que se emite:

                                                  Solicitud de aclaración:

                                                  2018/2019 OA/SFCPM/SEM/005/2022-SA-07

                                                  El Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Teozacoalco, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca,
                                                  deberá presentar ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la información
                                                  y documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se
                                                  detallan en este resultado.

                                                  El Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Teozacoalco, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca, no
                                                  presentó el Padrón de contratistas de obra pública del ejercicio fiscal 2018 y 2019.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del
                                                  Estado de Oaxaca, Artículo 26 A. que a la letra dice:

                                                           Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca

                                                           Artículo 26  A: “La Secretaría y los Ayuntamientos llevarán, cada uno de ellos un Padrón de Contratistas de Obra Pública, lo mantendrán
                                                           permanentemente actualizado, y clasificarán a los contratistas registrados en el mismo, de acuerdo a su capacidad técnica, económica,
                                                           objeto social o giro de negocios que desarrolle. Este padrón será publicado en el Periódico Oficial del Estado. El registro o renovación en
                                                           el Padrón será obligatorio, por lo que sólo se podrán celebrar contratos con los contratistas que acrediten estar debidamente inscritos en el
                                                           Padrón, y tendrán el costo que señalen las leyes de ingresos Estatal y Municipales del ejercicio fiscal que corresponda, con vigencia para un
                                                           ejercicio fiscal. Los Contratistas, para renovar su registro, deberán de presentar su solicitud dentro de los quince días hábiles anteriores a su
                                                           vencimiento, si omiten presentar la solicitud en el plazo indicado tendrá como consecuencia la suspensión del registro solicitado.”

                                                  RESULTADO: ASE-10  CON OBSERVACIÓN

                                                  Derivado de la revisión efectuada a la documentación proporcionada por el Municipio de San
                                                  Pedro Teozacoalco, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca, se constató que no fueron entregados para los
                                                  trabajos de esta auditoría, los expedientes técnicos unitarios con la documentación correspondiente
                                                  a la planeación, autorización, adjudicación, contratación, ejecución, comprobación, entrega y
                                                  recepción en dos obras, el Ciudadano Ramiro Valencia Sánchez, Presidente Municipal de San Pedro
                                                  Teozacoalco, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca, manifestó a través del oficio número 115, de fecha
                                                  05 de diciembre de 2022 que: “esta autoridad municipal se ve imposibilitada para dar cumplimiento
                                                  a todo lo requerido en dichos numerales, por las razones y motivos expuestos, por que no tenemos
                                                  nada de los documentos e información que se requiere y no hay forma de hacer la búsqueda toda
                                                  vez que, el presidente municipal en turno en el ejercicio 2018-2019 no vive en este municipio, así
                                                  como tampoco sus familiares mas cercanos y nos forma de localizarlos”, incumpliendo el numeral 19
                                                  del oficio de requerimiento de información No.  OSFE/OT/SFCPM/3237/2022 de fecha 10 de
                                                  noviembre de 2022, observándose un importe de $6,086,482.44 (Seis millones ochenta y seis

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