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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                  Autorizaciones: Oficio número MSJT/PM/020/2022 de fecha 11 de marzo de 2022 mediante el
                                                  cual autorizan el pago de compra de Hipoclorito por importe de $11,600.00 (Once mil seiscientos
                                                  pesos 00/100 M.N.); Oficio número MSJT/PM/049/2022 de fecha 20 de mayo de 2022 mediante
                                                  el cual autorizan el pago de compra de Hipoclorito por importe de $23,200.00 (Veintitrés mil
                                                  doscientos pesos 00/100 M.N.); Oficio número MSJT/PM/038/2022 de fecha 08 de abril de
                                                  2022 mediante el cual autorizan el pago de compra de Hipoclorito por importe de $17,600.00
                                                  (Diecisiete mil seiscientos pesos 00/100 M.N.); Oficio número MSJT/PM/061/2022 de fecha
                                                  05 de julio de 2022 mediante el cual autorizan el pago de compra de Hipoclorito por importe
                                                  de $17,400.00 (Diecisiete mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.); Oficio número MSJT/
                                                  PM/070/2022 de fecha 22 de julio de 2022 mediante el cual autorizan el pago de compra de
                                                  Hipoclorito por importe de $17,400.00 (Diecisiete mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.); Oficio
                                                  número MSJT/PM/160/2022 de fecha 22 de diciembre de 2022 mediante el cual autorizan el
                                                  pago de compra de Hipoclorito por importe de $12,762.90 (Doce mil setecientos sesenta y dos
                                                  pesos 90/100 M.N.). Por lo que atendió este punto.

                                                    2. Respecto a la evidencia del destino de los productos; No presentó documentación, por lo
                                                         que no atendió este punto.

                                                    3. Respecto a que no canceló la documentación comprobatoria con la leyenda “operado”,
                                                         identificando el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio con el que
                                                         fueron financiadas; No presentó documentación, por lo que no atendió este punto.

                                                    4. Respecto a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet en cantidad de $17,400.00
                                                         (Diecisiete mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), presentó: Comprobante Fiscal Digital
                                                         por Internet y transferencia SPEI por el importe de $17,400.00 (Diecisiete mil cuatrocientos
                                                         pesos 00/100 M.N.); por lo que, atendió este punto.

                                                  Lo anterior, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-04-SEG-04.

                                                  Por lo anterior y una vez analizada la información y documentación presentada, se determina que
                                                  el Ayuntamiento del Municipio de San Juan Teitipac, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, atendió
                                                  lo relativo al proceso de contratación, al Comprobante Fiscal Digital por Internet; sin embargo, no
                                                  presentó evidencia del destino de los productos, ni la documentación cancelada con la leyenda
                                                  “operado”; por lo cual, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina
                                                  que subsiste la observación; por lo que se emite:

                                                  Pliego de Observaciones:
                                                  2022-OA/CPM/030/2023-PO-04
                                                  Se le requiere al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Teitipac, Distrito de Tlacolula, Oaxaca,
                                                  presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la información y
                                                  documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $117,162.90
                                                  (Ciento diecisiete mil ciento sesenta y dos pesos 90/100 M.N.), en lo relativo a:

                                                  De sub-subcuenta 51251-2591 OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS, no se encuentran respaldados
                                                  con la documentación justificativa del gasto relativa a:

                                                    1.	 Evidencia del destino de los productos.

                                                    2.	 Documentación comprobatoria con la leyenda “operado”, identificando el nombre del fondo de
                                                         aportaciones, programa o convenio con el que fueron financiadas.

                                                  Lo anterior, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-04-SEG-04.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en Ley General de Contabilidad Gubernamental Artículos 42,
                                                  43, 67, 70 fracciones I y II, Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca Artículo 120, Ley
                                                  de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración
                                                  de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca Artículo 28: párrafo primero fracciones

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