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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                        INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

        Ley General de Contabilidad Gubernamental.

        Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
        compruebe y justifique los registros que se efectúen.”;
        Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
        comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
        establezca el consejo.”;
        Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
        correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
        disposiciones que emita el consejo.” ;
        Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
        controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
        órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Juan Teitipac, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, para que
justificara o aclarara el importe de $246,583.00 (Doscientos cuarenta y seis mil quinientos
ochenta y tres pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones que se detallan en este
resultado, y presentara dentro del plazo que establece el artículo 22 segundo párrafo de la Ley
de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información
y documentación que demostrara las acciones realizadas tendientes a solventar la observación
determinada.

Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0175/2023, notificado el día 09 de agosto de 2023,
se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Teitipac, Distrito de Tlacolula,
Oaxaca los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un plazo de 10
días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

El Ayuntamiento del Municipio de San Juan Teitipac, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, en el proceso
de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número MSJT/0858/2023 de fecha 05 de
septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de fecha
06 de septiembre de 2023; de este resultado en particular, presentó copias certificadas, como se
detalla a continuación:

  1. Respecto a la evidencia que demuestre que los servicios contratados fueron para el
      Policía Municipal de nombre Edwin Osvaldo Vásquez, como lo refieren en el concepto de
      los registros contables, presentó:

Acta de sesión extraordinaria de cabildo de fecha 15 de octubre de 2022, mediante el cual
autorizan el pago con cargo al Ramo 28 y Fondo IV los gastos hospitalarios y quirúrgicos al Policía
Municipal por atenciones médicas como consecuencias de los daños sufridos en el desempeño
de sus labores; fotografía e identificación oficial del Policía; con lo que acreditan que los servicios
contratados fueron para el Policía Municipal mencionado, por lo que, atendió este punto.

  2. Respecto a que no acreditó la relación laboral del trabajador con el municipio, toda vez
      que no presentó su expediente personal, el contrato de trabajo y registro de asistencias;
      No presentó documentación, por lo que, no atendió este punto.

Lo anterior cómo se detalla en el ANEXO DAM-FC-03-SEG-03.

Adicionalmente presenta acta de acuerdo de fecha veintiocho de diciembre de 2022 en el que
toman acuerdos de temas familiares del personal en cuestión; 5 Comprobantes Fiscales Digitales
por Internet y 6 Transferencias SPEI; mismas que ya habían sido valoradas en el proceso de revisión.

Por lo anterior y una vez analizada la información y documentación presentada, se determina que
el Ayuntamiento del Municipio de San Juan Teitipac, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, atendió lo
relativo a la evidencia que demuestra que los servicios contratados fueron para el Policía Municipal,

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