Page 32 - San Sebastian Ixcapa
P. 32

AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA


                   Artículo  70  fracción  I: “Mantener registros específicos de  cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
         INFORME INDIVIDUAL  CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
                   controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
                   órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”
                   Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
                   Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban
                   con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso,  contratos,
                   solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios
                   relacionados con la obra pública, proyectos productivos y de fomento, entre otros.”.

               Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
               Ayuntamiento del  Municipio de San Sebastián Ixcapa, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca,  justificar o
               aclarar ante la Auditoria Superior de Fiscalización, el importe de $8,400.00 (Ocho mil cuatrocientos
               pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación que se detalla en este Resultado y presentara dentro del
               plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
               Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones
               realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

               Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/310/2023, notificado el 06 de septiembre de 2023,
               se dieron a conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares,
               a  efecto  de  que,  en un  plazo  de  10 días  hábiles,  presentara  las  justificaciones y  aclaraciones
               correspondientes.
               El  Municipio  San  Sebastián Ixcapa,  Distrito  de Jamiltepec, Oaxaca, en el proceso de
               justificaciones  y aclaraciones, mediante oficio original número 281/MSSI/SEP/2023  de fecha 29
               de septiembre de 2023, suscrito por el C. Ricardo Estévez Merino Presidente Municipal, dirigido a
               la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta
               circunstanciada de fecha dos de octubre de 2023, presentó la siguiente información:


               Respecto a  la  sub-subcuenta  51291-2961  REFACCIONES  Y  ACCESORIOS  MENORES DE
               EQUIPO DE TRANSPORTE, por los pagos en cantidad de $8,400.00 (Ocho mil cuatrocientos
               pesos  00/100  M.N.).  Presentó:  oficio  número  MSSI/RSP/102/2022  de  fecha 21 de  marzo
               del 2022 y oficio número MSSI/RSP/480/2022 de fecha 12 de octubre del 2022 respecto a los
               requerimientos de la compra de llantas y válvulas para la reparación de la camioneta de la policía
               municipal; cotizaciones de los proveedores; cuadro comparativo; oficio número MSSI/PM/105/2022
               de fecha 24 de marzo del 2022  y oficio número APC/AP/258/2022  de fecha 15 de octubre del
               2022  referente a  la  autorización  correspondiente para  la  compra  de  las  llantas;  constancia de
               recepción; reporte fotográfico respecto a la evidencia del destino del recurso.
               Por  lo  anterior, y  una  vez  analizada  la  documentación presentada, se determina que  la  Entidad
               Fiscalizable, atendió la observación.


               RESULTADO: AF-17                CON OBSERVACIÓN
               De la  revisión a  las sub-subcuentas  51311-3111  CONSUMO  DE ENERGIA ELECTRICA  y
               51311-3112  SERVICIO  DE  ALUMBRADO PUBLICO,  se constató que  el ente fiscalizado  afectó
               el Presupuesto  de  Egresos en cantidad  de  $635,376.29 (Seiscientos treinta y cinco  mil
               trescientos  setenta  y seis  pesos  29/100  M.N.), realizando  pagos  en efectivo y mediante
               transferencias bancarias con afectación a la cuenta bancaria número 0118090181 de la institución
               bancaria BBVA Bancomer ,S.A. con recursos del Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas
               y Municipios  y del Ramo 33,  Fondo  IV, Fondo  de Aportaciones  para  el Fortalecimiento  de los
               Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF.); observando
               que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación
               comprobatoria del gasto, relativa a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet; como se detalla
               en el ANEXO DAM-FC-09.








               30
   27   28   29   30   31   32   33   34   35   36   37