Page 45 - San Sebastian Ixcapa
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA


                   Artículo 70  fracción I:  “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
                   controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
                   órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”.

               Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
               Ayuntamiento del  Municipio de San Sebastián Ixcapa, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca,  justificar o
               aclarar la cantidad de $21,755.00 (Veintiún mil setecientos cincuenta y cinco pesos 00/100 M.N.),
               conforme a la observación que se detalla en este Resultado y presentara dentro del plazo establecido
               en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el
               Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones realizadas
               tendientes a solventar la observación determinada.

               Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/310/2023, notificado el 06 de septiembre de 2023,              INFORME INDIVIDUAL  CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
               se dieron a conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares,
               a  efecto  de  que,  en un  plazo  de  10 días  hábiles,  presentara  las  justificaciones y  aclaraciones
               correspondientes.

               El  Municipio  San  Sebastián Ixcapa,  Distrito  de Jamiltepec, Oaxaca, en el proceso de
               justificaciones  y aclaraciones, mediante oficio original número 281/MSSI/SEP/2023  de fecha 29
               de septiembre de 2023, suscrito por el C. Ricardo Estévez Merino Presidente Municipal, dirigido a
               la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta
               circunstanciada de fecha dos de octubre de 2023, presentó la siguiente información:

               Respecto a la sub-subcuenta 51391-3921 IMPUESTOS Y DERECHOS, por los pagos en cantidad
               de  $21,755.00  (Veintiún mil setecientos  cincuenta y  cinco pesos  00/100  M.N.).  Presentó:
               oficio número 122 respecto a la solicitud de pago; pólizas de diario, póliza de egreso; Cuenta por
               Liquidar Certificada, recibo simple, atendiendo únicamente la documentación justificativa del gasto.

               Por  lo  anterior, y  una  vez  analizada  la  documentación  presentada, se determina que  subsiste  la
               observación. Por lo que se emite:

               Pliego de observaciones.
               2022-OA/CPM/012/2023-PO-10
               Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio San Sebastián Ixcapa, Distrito de Jamiltepec,
               Oaxaca,  presente  ante ésta Auditoria  Superior  de  Fiscalización del  Estado  de  Oaxaca,  la
               documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $21,755.00 (Veintiún
               mil setecientos cincuenta y cinco pesos 00/100 M.N.), relativo a:

               En relación a la sub-subcuenta 51391-3921 IMPUESTOS Y DERECHOS, se observó que el registro
               contable  y  presupuestario no  se encuentra  soportado  con la  documentación comprobatoria  del
               gasto referente al Comprobante Fiscal Digital por Internet, como se detalla a continuación:

                         PÓLIZA DE DIARIO                PÓLIZA DE EGRESO           FUENTE DE
                  NÚMERO     FECHA      IMPORTE   NÚMERO     FECHA    IMPORTE     FINANCIAMIENTO      CAJA
                                                                                  PARTICIPACIONES
                  002069    31/12/2022    21,755.00  000550  31/12/2022  21,755.00  (RAMO 28) - RECURSOS   21,755.00
                                                                                    FEDERALES
                  TOTAL                 $21,755.00                    $21,755.00                    $21,755.00
               Incumpliendo  con lo establecido en el  Código  Fiscal de  la  Federación, artículos 29  párrafo
               primero y  29-A; Ley General de Contabilidad Gubernamental,  artículos 42 párrafo primero,
               43, 67 párrafos primero y segundo y 70 fracción I, que a la letra dice:

                   Código Fiscal de la Federación
                   Artículo 29 párrafo primero:  “Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o
                   actividades que realicen…”



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