Page 46 - 081 Cuilápam de Guerrero
P. 46

AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  justificara o aclarara la observación que se detalla en este resultado y presentara dentro del
                                                  plazo que establece la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de
                                                  Oaxaca en el artículo 22 segundo párrafo; toda la información y documentación que demostrara las
                                                  acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.

                                                  Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0333/2023, notificado el día 20 de septiembre de
                                                  2023, se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de Cuilápam de Guerrero, Distrito del
                                                  Centro, Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un plazo
                                                  de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

                                                  El Ayuntamiento del Municipio de Cuilápam de Guerrero, Distrito del Centro, Oaxaca, en el
                                                  proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número MCG/PM/497/2023 de fecha
                                                  16 de octubre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de fecha

                                                  16 de octubre de 2023; de este resultado en particular, presentó copias certificadas, como se detalla

                                                  a continuación:

                                                  1.-Respecto al proceso de ejecución de las obras, se constató que no contaron con los oficios de
                                                  designación del residente de obra y del oficio de disposición del o los inmuebles, observaciones
                                                  presentes en cuatro obras, la entidad fiscalizable presentó documentación como se relaciona en el
                                                  ANEXO DAMVIF05-SEG-05.

                                                  Por lo anterior y una vez analizada la información y documentación presentada por el Ayuntamiento

                                                  del Municipio de Cuilápam de Guerrero, Distrito del Centro, Oaxaca, esta Auditoría Superior de
                                                  Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que atiende la observación.

                                                  RESULTADO: AF-39                          CON OBSERVACIÓN

                                                  Derivado de la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el
                                                  Municipio de Cuilápam de Guerrero, Distrito del Centro, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra,
                                                  se observa que diversos conceptos de obra en las estimaciones no presentaron fotografías que
                                                  evidencien la realización de esos trabajos, observaciones presentes en cuatro obras como se
                                                  desglosa a continuación:

                                                  NÚM.   NOMBRE DE LA OBRA                   LOCALIDAD                   NÚMERO DE CONTRATO                     IMPORTE  NÚMERO DE
                                                   OC-1                                                                                                     DETERMINADO     ANEXO
                                                  OC-6                                      CUILÁPAM DE
                                                  OC-13  CONSTRUCCIÓN DE TECHADO    EN       GUERRERO                    COP/MCG/M023/FIII/FISMDF/024/2022  $111,081.28   DAMVIF06
                                                  OC-20  ESPACIO MULTIDEPORTIVO EN  EL
                                                         BARRIO EL ROSARIO                  CUILÁPAM DE                                                                   DAMVIF07
                                                                                             GUERRERO
                                                         CONSTRUCCIÓN DE CÁRCAMO EN EL                                   COP/MCG/M023/FIII/FISMDF/027/2022  $82,791.68    DAMVIF08
                                                         BARRIO DE SAN LUCAS DEL MUNICIPIO  CUILÁPAM DE
                                                         DE CUILÁPAM DE GUERRERO             GUERRERO                                                                     DAMVIF09

                                                         CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO CON      CUILÁPAM DE                  COP/MCG/M023/FIII/FISMDF/007/2022  $169,122.37
                                                         CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CALLE     GUERRERO
                                                         GUADALUPE EN EL BARRIO GUADALUPE
                                                         3a. SECCIÓN

                                                         REHABILITACIÓN DE PLAZA CÍVICA                                  COP/MCG/FIV/003/2022               $41,925.94
                                                         MUNICIPAL (PRIMERA ETAPA)

                                                                                                                                               TOTAL $404,921.27

                                                      Fuente: Expedientes técnicos presentados por el ente fiscalizado.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                      Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

                                                      Artículo 56 fracción I: “El pago de los trabajos contratados y ejecutados basándose en precios unitarios y tiempo determinado, se realizará
                                                      mediante la formulación de estimaciones por periodos no mayores a treinta días naturales, de conformidad a la fecha de corte que al
                                                      efecto fijen las Dependencias, Entidades o Ayuntamientos contratantes; atendiendo a las siguientes disposiciones: I. El contratista deberá
                                                      entregar a la residencia de supervisión previamente establecida por la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento contratante, las estimaciones
                                                      acompañadas de la documentación que de soporte correspondiente dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte, y la
                                                      residencia de supervisión dentro de los ocho días hábiles siguientes a su recepción deberá revisar y en su caso autorizar la estimación de que
                                                      se trate.”

                                                  44
   41   42   43   44   45   46   47   48   49   50   51