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Responsabilidad Hacendaria y Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas, que a la letra dicen:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Articulo 42.- “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación
original que compruebe y justifique los registros que se efectúen…”
Articulo 43.- “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los
lineamientos que para tal efecto establezca el consejo.”
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Artículo 64.-“El contratista comunicará a la dependencia o entidad la conclusión de los trabajos que le fueron
encomendados, para que ésta, dentro del plazo pactado, verifique la debida terminación de los mismos conforme a las
condiciones establecidas en el contrato. Al finalizar la verificación de los trabajos, la dependencia o entidad contará con un
plazo de quince días naturales para proceder a su recepción física, mediante el levantamiento del acta correspondiente,
quedando los trabajos bajo su responsabilidad.
Recibidos físicamente los trabajos, las partes dentro del término estipulado en el contrato, el cual no podrá exceder de
sesenta días naturales a partir de la recepción de los trabajos, deberán elaborar el finiquito de los mismos, en el que se
hará constar los créditos a favor y en contra que resulten para cada uno de ellos, describiendo el concepto general que les
dio origen y el saldo resultante…”
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca
Artículo 64.- “El contratista comunicará a la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento, la terminación de los trabajos que
fueron materia del contrato y que tenía encomendados, estas verificarán que los mismos estén debidamente concluidos
dentro de los veinte días siguientes al de la comunicación, salvo que al efecto fuese señalado un plazo diferente; dichos
trabajos deberán ser recibidos por los contratantes y al efecto se deberá informar a la Contraloría o al Órgano Interno de
Control con diez días de anticipación el lugar, la fecha y hora, en que se efectuará la recepción de los trabajos…”
Artículo 65.- “La entrega de la obra se realizará en la fecha, forma y condiciones como se haya pactado en el contrato, la
que no deberá exceder de un término de veinte días naturales contados a partir de la terminación total de los trabajos.”
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 186.- “El ejercicio del gasto público deberá soportarse con la documentación original comprobatoria y justificativa.
Los documentos justificativos son todos aquellos documentos legales y administrativos que determinan y demuestran
fehacientemente que el Ejecutor del gasto cumplió con las disposiciones legales aplicables así como las relativas al gasto…”
Artículo 199.- “El registro de las operaciones contables y patrimoniales que lleve a cabo la Unidad de administración de la
Dependencia o Entidad deberá estar respaldado por los documentos originales comprobatorios y justificativos que
autentifiquen las operaciones de ingresos y gastos, o en su caso de las que afecten el patrimonio o la hacienda pública.”
Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Artículo 164.- “Para iniciar el procedimiento de recepción de los trabajos, el contratista deberá notificar la terminación de
los trabajos a través de la Bitácora o excepcionalmente por escrito, para lo cual anexará los documentos que lo soporten
e incluirá una relación de las estimaciones o de los gastos aprobados, monto ejercido y créditos a favor o en contra…”
Artículo 166.- “En la fecha señalada, la dependencia o entidad recibirá físicamente los trabajos y levantará el acta
correspondiente, la que contendrá como mínimo lo siguiente:…
VII.- Declaración de las partes de que se entregan los planos correspondientes a la construcción final, así como los
manuales e instructivos de operación y mantenimiento correspondientes y los certificados de garantía de calidad y
funcionamiento de los bienes instalados, y…”
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