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INFORME FINAL DE AUDITORÍA documentación justificativa del gasto, toda vez que no exhibió las entradas y salidas de almacén, por un importe de El siguiente resultado AF-10 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
$9,068.64 (Nueve mil sesenta y ocho pesos 64/100 M.N.); como se detalla a continuación: transcribe a continuación:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42 párrafo primero, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley “RESULTADO: AF-10 SIN OBSERVACIÓN
General de Contabilidad Gubernamental; 4 párrafo tercero y cuarto de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad De revisión a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable relativa a la partida “Impresos y Publicaciones
Hacendaria; y 186 párrafos primero, segundo y tercero, 190 y 199 párrafo primero del Reglamento de la Ley Estatal de Oficiales” ejercida con recursos provenientes de la fuente de financiamiento “BECGB0123 Instituto de Capacitación y
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Productividad Para el Trabajo del Estado de Oaxaca”, por un importe de $171,274.80 (Ciento setenta y un mil doscientos
setenta y cuatro pesos 80/100 M.N.), se constató que se encuentra debidamente registrada contable y
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción: presupuestalmente, asimismo, soportada con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto.
Pliego de Observaciones: Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación alguna respecto a
este resultado.”
2023- OA/CPE/12/2024-PO-03
Debido a lo anterior, este resultado permanece sin observaciones.
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que
justifique, aclare o en su caso presente el comprobante del reintegro por la cantidad de $9,068.64 (Nueve mil sesenta El siguiente resultado AF-11 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
y ocho pesos 64/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.” transcribe a continuación:
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para “RESULTADO: AF-11 CON OBSERVACIÓN
atender el resultado antes transcrito, como se detalla a continuación:
De la revisión a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable relativa a la partida “Sueldos para MMyS”, del
Entrada de almacén con número de folio 18 de fecha 11 de mayo 2023 y salida de almacén rubro “servicios personales”, ejercida con recursos provenientes de la fuente de financiamiento “BECBG0123 Instituto de
con número de folio 18 de fecha 12 de mayo 2023. Capacitación y Productividad para el Trabajo del Estado de Oaxaca”, por un importe ejercido de $8,625,732.62 (Ocho
millones seiscientos veinticinco mil setecientos treinta y dos pesos 62/100 M.N.), se observó que no presentó
De la revisión y análisis a la información y documentación presentados por la Entidad documentación comprobatoria y justificativa del gasto por un importe de $4,880,262.68 (Cuatro millones ochocientos
Fiscalizable, esta resulta suficiente, toda vez que, presentó documentación justificativa del ochenta mil doscientos sesenta y dos pesos 68/100 M.N.), toda vez que no presentó las pólizas de diario, las pólizas de
gasto por un importe de $9,068.64 (Nueve mil sesenta y ocho pesos 64/100 M.N.); Por lo egresos, las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC´s), las dispersiones de pago de nómina, los Comprobantes Fiscales
anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como Digitales por Internet (CFDI´s), las nóminas del personal debidamente firmadas, y la plantilla de Personal; como se
solventada la observación. detalla en el ANEXO DAE-AF-02.
El siguiente resultado AF-09 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se Así mismo, se observó que, en la segunda quincena de agosto, no presentó documentación comprobatoria del gasto
transcribe a continuación: por un importe de $268,396.30 (Doscientos sesenta y ocho mil trescientos noventa y seis pesos 30/100 M.N.), toda vez
que no exhibió las pólizas de diario, la póliza de egresos, las Cuenta por Liquidar Certificadas (CLC´s), y los comprobantes
“RESULTADO: AF-09 SIN OBSERVACIÓN electrónicos de pago (SPEI); como se detalla en el ANEXO DAE-AF-02.
De la revisión a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable relativa a la partida “agua”, del rubro “servicios Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación; 42 párrafo primero, 43, 67
generales”, ejercida con recursos provenientes de la fuente de financiamiento “BECBG0123 Instituto de Capacitación y párrafo primero y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 4 párrafo tercero y cuarto de la Ley
Productividad para el Trabajo del Estado de Oaxaca”, se constató que se encuentra debidamente registrada contable Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 163 párrafo tercero, 186 párrafo primero, segundo y tercero, 189
y presupuestalmente, asimismo, soportada con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto. párrafo primero, y 199 párrafo primero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación alguna respecto a Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:
este resultado.”
Pliego de Observaciones:
Debido a lo anterior, este resultado permanece sin observaciones. 2023- OA/CPE/12/2024-PO-04
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que
justifique, aclare o en su caso presente el comprobante del reintegro por la cantidad de $5,148,658.98 (Cinco millones