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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Ordinaria de Operación”, se observó que no presentó la documentación comprobatoria y justificativa del gasto por Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42 párrafo primero, 43, 67 párrafo
un importe de $139,266.23 (Ciento treinta y nueve mil doscientos sesenta y seis pesos 23/100 M.N.); así mismo, se primero y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 4 párrafos
observó que el combustible fue suministrado a vehículos que no corresponden en la plantilla vehicular y en algunos tercero y cuarto de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 186
casos el Comprobante de Combustible no especifica a qué vehículo se le suministró el combustible, como se párrafos primero, segundo, tercero y cuarto, 187, 190 párrafo primero y 199 párrafo
detalla en el ANEXO DAE-AF-03. primero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42 párrafo primero, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
General de Contabilidad Gubernamental; 4 párrafos tercero y cuarto de la Ley Estatal de Presupuesto y como no solventada la observación.
Responsabilidad Hacendaria; y 186 párrafos primero, segundo, tercero y cuarto, 187, 190 párrafo primero y 199
párrafo primero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. El siguiente resultado AF-08 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que
se transcribe a continuación:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:
“RESULTADO: AF-08 CON OBSERVACIÓN
Pliego de Observaciones:
De la revisión a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, relativa a la partida “Servicios de
2023- OA/CPE/20/2024-PO-03 Lavandería, Higiene y Manejo de Desechos”, ejercida con recursos provenientes de la fuente de financiamiento
“AEAAA0423 Asignación Ordinaria de Operación”, se observó que no presentó la documentación comprobatoria y
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación justificativa del gasto por un importe de $28,304.00 (Veintiocho mil trescientos cuatro pesos 00/100 M.N.), toda vez
que justifique, aclare o en su caso presente el comprobante del reintegro por la cantidad de $139,266.23 (Ciento que no exhibió la póliza de diario, la póliza de egresos, la Cuenta por Liquidar Certificada (CLC), el comprobante de
treinta y nueve mil doscientos sesenta y seis pesos 23/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este la transferencia electrónica de pago (SPEI), el Comprobante Fiscal Digital por Internet, la verificación del
resultado.” Comprobante Fiscal Digital por Internet, y la solicitud del área requirente; como se detalla en el ANEXO DAE-AF-04.
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación, 42 párrafo primero,
antes transcrito, como se detalla a continuación: 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 4 párrafos tercero y
cuarto de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 186 párrafos primero y cuarto, 187, y 199
Documento denominado “Atención al resultado AF-07, ANEXO DAE-AF-03”, y párrafo primero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
documentación en copias certificadas de las pólizas de diario, las solicitudes de apoyo
vehicular, los resguardos de tarjeta de combustible, las bitácoras de combustible y demás Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:
documentación, como se detalla en el ANEXO DAE-AF-03-SOLV.
Pliego de Observaciones:
De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la
Entidad Fiscalizable, esta resulta insuficiente, toda vez que, no presentó documentación 2023-OA/CPE/20/2024-PO-04
justificativa del gasto consistente en los contratos de prestación de servicios por
proveedor; por un importe de $139,266.23 (Ciento treinta y nueve mil doscientos sesenta y Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación
seis pesos 23/100 M.N.); así mismo, no demostró del porque el combustible fue que justifique, aclare o en su caso presente el comprobante del reintegro por la cantidad de $28,304.00 (Veintiocho
suministrado a vehículos que no corresponden en la plantilla vehicular así como de la mil trescientos cuatro pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
documentación que especifique a qué vehículo se le suministró el combustible; como se
detalla en el ANEXO DAE-AF-03-SOLV. La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, como se detalla a continuación:
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