Page 15 - Asuncion Nochixtlan
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(…) 28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
“RESULTADO: AF-15 CON OBSERVACIÓN del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio
Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2491 PRODUCTOS DE PINTURA Y RECUBRIMIENTOS; se constató Responsabilidad Hacendaria.
que la entidad fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $437,226.97 (Cuatrocientos
treinta y siete mil doscientos veintiséis pesos 97/100 M.N.), observando la cantidad de $198,150.00 (Ciento Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
noventa y ocho mil ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.), debido a que los registros contables y insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto relativa al concluyendo como solventado parcialmente el resultado AF-15.
procedimiento de contratación, en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles
en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; el
requerimiento para la adquisición de los productos debidamente firmado, tres referentes y la
constancia de recepción debidamente firmada; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-13.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de El siguiente resultado AF-16 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos transcribe a continuación:
primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios
y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos (…) CON OBSERVACIÓN
del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. “RESULTADO: AF-16
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2492 OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y
acción: REPARACIÓN; se constató que la entidad fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de
$102,333.00 (Ciento dos mil trescientos treinta y tres pesos 00/100 M.N.), observando que los registros
Pliego de Observaciones. contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto
relativa al procedimiento de contratación, en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones
2023-OA/CPM/002/2024-PO-12 disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias
pertinentes y la evidencia del uso o destino de los materiales; como se detalla en el siguiente cuadro:
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $198,150.00 (Ciento PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BBVA MÉXICO, S.A., CUENTA NÚMERO: 0119768882
noventa y ocho mil ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
resultado.” NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FECHA No. DE CHEQUE O IMPORTE
TRANSFERENCIA BANCARIA
(…)
TRANSFERENCIA BANCARIA
000362 10/02/2023 48,985.00 000073 10/02/2023 48,985.00 10/02/2023 FOLIO ÚNICO: 48,985.00
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes I323202302101123430054761032
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
TRANSFERENCIA BANCARIA
000373 10/02/2023 53,348.00 000076 10/02/2023 53,348.00 10/02/2023 FOLIO ÚNICO: 53,348.00
I323202302101127020054761050
TOTAL $102,333.00 $102,333.00 $102,333.00
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, respecto al Continúa cuadro a la derecha…
importe observado de $198,150.00 (Ciento noventa y ocho mil ciento cincuenta pesos
00/100 M.N.), solventó la cantidad de $26,550.00 (Veintiséis mil quinientos cincuenta pesos FECHA NÚM. PROVEEDOR COMPROBANTE CONCEPTO
00/100 M.N.), en consecuencia, la cantidad de $171,600.00 (Ciento setenta y un mil 31/03/2023 IMPORTE
seiscientos pesos 00/100 M.N.) queda observada, como se detalla en el ANEXO DAM-FC- 31/03/2023
13-SOL-13. FD136B4C-2F2C- 4 VALVULA D BOLA DE 1 1/2", 4 VALVULA BOLA DE 2", 4 VALVULA
42D4-9871-
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General FERROMATERIALES 48,985.00 BOLA DE 2 1/2", ... 8 TEE ARMADA CON ESPIGA Y CAMPAÑA DE 3",
de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 3B79D104447E 2 MIL2 8 TEE ARMADA CON ESPIGA Y CAMPAÑA DE 4" Y 4 TEE ARMADA
CON ESPIGA Y CAMPAÑA DE 6"
777AD44A-B914- FERROMATERIALES 53,348.00 10 MARCO Y TAPA CIEGA POLIETILENO, 15 BROCAL PILIETILENO
4DBA-9E68- 2 MIL2 POZO VISITA MAX 20 TON Y 2 VALVULA COMPUERTA DE 3"
A8A830D84F77
$102,333.00
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