Page 19 - Asuncion Nochixtlan
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La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                                                              COMPROBANTE                                                              INFORME FINAL DE AUDITORÍA
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                                                                                                    FECHA             NÚM.    PROVEEDOR   IMPORTE                                      CONCEPTO
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la                                   11/04/2023                              39,150.00
documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas                                           45168332-e695-  EMMANUEL   $39,150.00  300 PLAYERA CUELLO REDONDO COLOR OCRE IMPRESAS EN
anteriormente en cantidad de $97,415.97 (Noventa y siete mil cuatrocientos quince pesos                                          4cb6-9c45-    NOLASCO               UNA TINTA (DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER) Y 150 PLAYERA
97/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-15-SOL-15.                                                                    1e3bd09d283f    FIGUEROA              CUELLO REDONDO COLOR ROYAL IMPRESAS EN UNA TINTA
                                                                                                                                                                     (BRIGADA MUNICIPAL)

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General                     Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de                          Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.                                                                         primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios
                                                                                                                  y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                         del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                                 de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
concluyendo como no solventado el resultado AF-21.
                                                                                                                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
El siguiente resultado AF-22 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                      acción:
transcribe a continuación:
                                                                                                                  Pliego de Observaciones.
(…)
                                                                                                                  2023-OA/CPM/002/2024-PO-18
                                                                                                                  Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la
                                                                                                                  documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $39,150.00 (Treinta y nueve

                                                                                                                  mil ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”

                                                                                                                  (…)

“RESULTADO: AF-22              CON OBSERVACIÓN                                                                    Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
                                                                                                                  Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
De la revisión a la sub-subcuenta 51271-2712 UNIFORMES Y ACCESORIOS; se constató que la entidad                   transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $64,032.00 (Sesenta y cuatro mil treinta             Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por
y dos pesos 00/100 M.N.), observando la cantidad de $39,150.00 (Treinta y nueve mil ciento cincuenta              consentidas las observaciones realizadas.
pesos 00/100 M.N.), debido a que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados
con la documentación justificativa del gasto relativa al procedimiento de contratación, en donde                  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,                         de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; como se detalla en el siguiente                   28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
cuadro:                                                                                                           Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
                                                                                                                  del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio
       PÓLIZA DE DIARIO        PÓLIZA DE EGRESO                   BBVA MÉXICO, S.A., CUENTA NÚMERO: 0119768807    Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
                                                                                                                  Responsabilidad Hacendaria.
NÚMERO FECHA       IMPORTE NÚMERO FECHA               IMPORTE     FECHA           No. DE CHEQUE O     IMPORTE
                                                                            TRANSFERENCIA BANCARIA

002445 29/04/2023        39,150.00 000663 29/04/2023  39,150.00 05/04/2023   TRANSFERENCIA BANCARIA   39,150.00
                                                                                  CLAVE DE RASTREO:

                                                                            002601002304100000139862

TOTAL              $39,150.00                         $39,150.00                                      $39,150.00

Continúa cuadro a la derecha…                                                                                     Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como
                                                                                                                  no solventado el resultado AF-22.

                                                                                                                                                                                                                              17
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