Page 22 - Asuncion Nochixtlan
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes Pliego de Observaciones.
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
2023-OA/CPM/002/2024-PO-23
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la
documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la
anteriormente en cantidad de $93,333.32 (Noventa y tres mil trescientos treinta y tres documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $222,157.78 (Doscientos
pesos 32/100 M.N), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-19-SOL-19. veintidós mil ciento cincuenta y siete pesos 78/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
resultado.”
(…)
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
concluyendo como no solventado el resultado AF-26. anteriormente en cantidad de $222,157.78 (Doscientos veintidós mil ciento cincuenta y
siete pesos 78/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-20-SOL-20.
El siguiente resultado AF-27 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
transcribe a continuación: de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
(…) CON OBSERVACIÓN Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
del Estado de Oaxaca; 20 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
“RESULTADO: AF-27 Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
del Estado de Oaxaca; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el
De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3232 ARRENDAMIENTO DE BIENES Y EQUIPOS DE TECNOLOGÍAS DE Ejercicio Fiscal 2023.
INFORMACIÓN, INCLUYE FOTOCOPIADORAS, IMPRESORAS ENTRE OTROS; se constató que la entidad
fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $222,157.78 (Doscientos veintidósmil ciento Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
cincuenta y siete pesos 78/100 M.N.), observando que los registros contables y presupuestarios no se insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto relativa al procedimiento de concluyendo como no solventado el resultado AF-27.
contratación que garantice al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio,
calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias que estime pertinentes, la solicitud que
especifique la necesidad de la contratación del servicio, la autorización correspondiente y la evidencia
que demuestre el uso del servicio arrendado; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-20.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de El siguiente resultado AF-28 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos transcribe a continuación:
primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios
y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos (…)
del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. “RESULTADO: AF-28 CON OBSERVACIÓN
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente De la revisión a la sub-subcuenta 51321–3261 ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA
acción: CONSTRUCCIÓN; se constató que la entidad fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad
de $1,447,808.34 (Un millón cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos ocho pesos 34/100 M.N.), que
los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación
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