Page 29 - Asuncion Nochixtlan
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Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente   (…)                                                                                                        INFORME FINAL DE AUDITORÍA
            acción:
                                                                                                                    “RESULTADO: AF-38  CON OBSERVACIÓN
            Pliego de Observaciones.
                                                                                                                    De la revisión a la sub-subcuenta 51351-3571 INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTTO. DE MAQUINARIA, OTROS
            2023-OA/CPM/002/2024-PO-33                                                                              EQUIPOS Y HERRAMIENTAS; se constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en
                                                                                                                    cantidad de $125,489.53 (Ciento veinticinco mil cuatrocientos ochenta y nueve pesos 53/100 M.N.),
            Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la       observando que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la
            documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $134,648.39 (Ciento treinta  documentación justificativa del gasto relativa a las bitácoras de mantenimiento. Además, presentó
            y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho pesos 39/100 M.N.), conforme a la observación detallada en     documentación que carece de firmas, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-31.
            este resultado.”
                                                                                                                    Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
         (…)                                                                                                        Contabilidad Gubernamental y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
                                                                                                                    Responsabilidad Hacendaria.
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                                                                                                    acción:
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, respecto al
importe observado de $134,648.39 (Ciento treinta y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho                           Pliego de Observaciones.
pesos 39/100 M.N.), solventó la cantidad de $58,263.39 (Cincuenta y ocho mil doscientos
sesenta y tres pesos 39/100 M.N.), en consecuencia, la cantidad de $76,385.00 (Setenta y                            2023-OA/CPM/002/2024-PO-34
seis mil trescientos ochenta y cinco pesos 00/100 M.N.) queda observada, como se detalla                            Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la
en el ANEXO DAM-FC-30-SOL-30.                                                                                       documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $125,489.53 (Ciento
                                                                                                                    veinticinco mil cuatrocientos ochenta y nueve pesos 53/100 M.N.), conforme a la observación detallada
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General                       en este resultado.”
de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,                                            (…)
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio                          La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y                                transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Responsabilidad Hacendaria.
                                                                                                                    Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                           observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-31-SOL-31.
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como solventado parcialmente el resultado AF-37.                                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                                                                                                    suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
El siguiente resultado AF-38 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                        como solventado el resultado AF-38.
transcribe a continuación:
                                                                                                                    El siguiente resultado AF-39 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                                                                                                    transcribe a continuación:

                                                                                                                                                                                                                           27
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