Page 13 - Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo
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no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto, relativa al procedimiento    (…)                         CON OBSERVACIÓN                                                                INFORME FINAL DE AUDITORÍA
            de contratación en donde garantice al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a
            precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; la requisición para   “RESULTADO: AF-13
            la adquisición, la autorización correspondiente, los tres referentes, la constancia de recepción y la
            evidencia del uso o destino de los productos; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-09.                   De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2492 OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y
                                                                                                                   REPARACIÓN, se constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de
            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley  $81,964.37 (Ochenta y un mil novecientos sesenta y cuatro pesos 37/100 M.N.), observando que los
            General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28       registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa
            párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación       del gasto, relativa al procedimiento de contratación en donde garantice al municipio las mejores
            de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del               condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
            Reglamento de Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y           circunstancias pertinentes, la autorización correspondiente, los tres referentes, la constancia de
            Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos       recepción y la evidencia del uso o destino de los materiales; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-
            del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley     10.
            Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
                                                                                                                   Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley
            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente  General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28
            acción:                                                                                                párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación
                                                                                                                   de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del
            Pliego de Observaciones.                                                                               Reglamento de Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
                                                                                                                   Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos
            2023-OA/CPM/007/2024-PO-09                                                                             del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley
                                                                                                                   Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
            Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
            documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $100,776.92 (Cien mil       Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
            setecientos setenta y seis pesos 92/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas en este         acción:
            resultado.”
                                                                                                                   Pliego de Observaciones.
         (…)
                                                                                                                   2023-OA/CPM/007/2024-PO-10
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                     Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                   documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $81,964.37 (Ochenta y
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las                              un mil novecientos sesenta y cuatro pesos 37/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas en
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-09-SOL-09.                             este resultado.”

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                          (…)
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultadoAF-12.                                                                                 La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                                                                                                                   transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
El siguiente resultado AF-13 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:                                                                                         Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, respecto al
                                                                                                                   importe observado de $81,964.37 (Ochenta y un mil novecientos sesenta y cuatro pesos
                                                                                                                   37/100 M.N.), solventó la cantidad de $26,036.90 (Veintiséis mil treinta y seis pesos 90/100
                                                                                                                   M.N.), en consecuencia, la cantidad de $55,927.47 (Cincuenta y cinco mil novecientos
                                                                                                                   veintisiete pesos 47/100 M.N.) queda observada, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-10-
                                                                                                                   SOL-10.

                                                                                                                                                                                                                          11
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