Page 16 - Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracciones I y II de la Ley                 veintisiete mil quinientos veinticuatro pesos 44/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas
                            General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de                        en este resultado.”
                            Oaxaca; 28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
                            Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles                       (…)
                            del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio
                            Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y                         La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                            Responsabilidad Hacendaria.                                                                                  transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                    Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, respecto al
                            insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                            importe observado de $327,524.44 (Trescientos veintisiete mil quinientos veinticuatro
                            concluyendo como solventado parcialmente el resultado AF-16.                                                 pesos 44/100 M.N.), solventó la cantidad de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.),
                                                                                                                                         en consecuencia, la cantidad de $277,524.44 (Doscientos setenta y siete mil quinientos
                            El siguiente resultado AF-17 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                 veinticuatro pesos 44/100 M.N.) queda observada, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-
                            transcribe a continuación:                                                                                   14-SOL-14.

                                (…)                         CON OBSERVACIÓN                                                              Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracciones I y II de la Ley
                                                                                                                                         General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
                                “RESULTADO: AF-17                                                                                        Oaxaca; 28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
                                                                                                                                         Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
                                De la revisión a la sub-subcuenta 51271-2712 UNIFORMES Y ACCESORIOS, se constató que la entidad          del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio
                                fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $327,524.44 (Trescientos veintisiete mil    Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
                                quinientos veinticuatro pesos 44/100 M.N.), observando que los registros contables y presupuestarios     Responsabilidad Hacendaria.
                                no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto, relativa al procedimiento
                                de contratación que garantice al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio,       Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias que estime pertinentes, la requisición       insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                                para la adquisición, la autorización correspondiente y la constancia de recepción; como se detalla en    concluyendo como solventado parcialmente el resultado AF-17.
                                el ANEXO DAM-FC-14.

                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracciones I y II de la Ley General de  El siguiente resultado AF-18 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos           transcribe a continuación:
                                primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
                                Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto        (…)
                                de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento
                                de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.                                           “RESULTADO: AF-18

                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente                       CON OBSERVACIÓN
                                acción:

                                Pliego de Observaciones.                                                                                 De la revisión a la sub-subcuenta 51281-2831 PRENDAS DE PROTECCIÓN PARA FUNCIONES DE
                                                                                                                                         SEGURIDAD PÚBLICA, se constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en
                                2023-OA/CPM/007/2024-PO-14                                                                               cantidades de $120,303.59 (Ciento veinte mil trescientos tres pesos 59/100 M.N.), observando que
                                                                                                                                         los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación
                                Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la      justificativa del gasto, relativa al procedimiento de contratación que garantice al municipio las
                                documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $327,524.44 (Trescientos      mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
                                                                                                                                         circunstancias que estime pertinentes, la requisición para la adquisición, la autorización

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