Page 15 - PUTLA VILLA DE GUERRERO
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Pliego de observaciones: PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO INFORME FINAL DE AUDITORÍA
2023-OA/CPM/022/2024-PO-10 FUENTE DE INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE
IMPORTE FINANCIAMIENTO FECHA
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA BANCARIA Y O IMPORTE
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $357,400.00 NÚM. DE TRANSFERENCIA
(Trescientos cincuenta y siete mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación
detallada en este resultado.” CUENTA BANCARIA
(…) RECURSOS BBVA
002029 31/03/2023 81,200.00 001006 31/03/2023 81,200.00 FISCALES - 31/03/2023 Bancomer, TRANSFERENCIA 81,200.00
RECURSOS S.A.,
FISCALES 0119735186
TOTAL $81,200.00 $81,200.00 $81,200.00
Continúa a la derecha…
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado FECHA NÚM. PROVEEDOR COMPROBANTE CONCEPTO IMPORTE
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: 30/03/2023 IMPORTE OBSERVADO
3241DE2E-6A4A- COMERCIALIZADORA
428C-A1E6- DE MATERIALES 81,200.00 PAGO DE FACTURA 2090 POR COMPRA DE 81,200.00
SAYMER CANDELABROS
Respecto a la documentación justificativa relativa al proceso de contratación 2B69EE28CC90 $81,200.00
correspondiente y evidencia del destino de los productos adquiridos, presentó oficios de
solicitud; oficios de autorización para compra de material; dictamen de justificación de $81,200.00
adquisición; acta de la sesión extraordinaria del comité de adquisiciones; Investigación de
mercado; tres oficios de solicitud de cotizaciones; tres cotizaciones por gasto; cuadro Incumpliendo con lo establecido en los artículos; 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
comparativo; notificación de adjudicación; contrato de adquisición; acuse de recibo de Contabilidad Gubernamental; 28, párrafos primero, segundo y último y 29 de la Ley de
material; reportes fotográficos; la cual resulta suficiente para solventar las observaciones Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
emitidas. Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Pliego de observaciones:
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el Resultado: AF-15. 2023-OA/CPM/022/2024-PO-11
El siguiente Resultado: AF-16 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
se transcribe a continuación: documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $81,200.00 (Ochenta y
un mil doscientos pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
(…)
(…)
“RESULTADO: AF-16
CON OBSERVACIÓN La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2472 PRODUCTOS METÁLICOS DE ACABADO, se constató que
el H. Ayuntamiento del Municipio de Putla Villa de Guerrero, Distrito de Putla, Oaxaca, afectó el Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
Presupuesto de Egresos en cantidad de $81,200.00 (Ochenta y un mil doscientos pesos 00/100 M.N.); correspondiente y evidencia del destino de los productos adquiridos, presentó oficio de
observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la solicitud de compra de candelabros; oficio de autorización para compra; dictamen de
documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente, conforme justificación de adquisición; acta de la sesión extraordinaria del comité de adquisiciones;
a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles especificaciones técnicas de la contratación; investigación de mercado; tres solicitudes de
en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes,
asimismo, no presentó evidencia del destino de los productos adquiridos. Como se detalla a
continuación:
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