Page 21 - San Juan Cotzocón
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cual la documentación presentada resulta insuficiente para solventar las observaciones Pliego de observaciones: INFORME FINAL DE AUDITORÍA
emitidas en cantidad de $1,805,013.16 (Un millón ochocientos cinco mil trece pesos 16/100
M.N.). 2023-OA/CPM/053/2024-PO-17.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $543,928.97
28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y (Quinientos cuarenta y tres mil novecientos veintiocho pesos 97/100 M.N.), conforme a la
Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero observación detallada en este resultado.”
del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del
Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. (…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable, correspondiente y la evidencia del destino de los materiales adquiridos, presentó
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-19. información y documentación como se detalla en el ANEXO DAM-FC-12-SOL, de la que se
advierten inconsistencias, por lo cual la documentación presentada resulta insuficiente para
El siguiente Resultado: AF-20 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que solventar las observaciones emitidas en cantidad de $543,928.97 (Quinientos cuarenta y
se transcribe a continuación: tres mil novecientos veintiocho pesos 97/100 M.N.).
(…) CON OBSERVACIÓN Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
“RESULTADO: AF-20 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero
De la revisión a la sub-subcuenta 51241–2492 OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del
REPARACIÓN, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Juan Cotzocón, Distrito Mixe, Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $543,928.97 (Quinientos cuarenta y tres
mil novecientos veintiocho pesos 97/100 M.N.), observando que los registros contables y Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable,
al proceso de contratación correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde concluyendo como no solventado el Resultado: AF-20.
garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, asimismo, no presentó evidencia
del destino de los materiales adquiridos; lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-12.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de El siguiente Resultado: AF-21 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley se transcribe a continuación:
de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley (…)
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado
de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. “RESULTADO: AF-21
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente CON OBSERVACIÓN
acción:
De la revisión a la sub-subcuenta 51251-2531 MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE
APLICACIÓN HUMANA, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Juan Cotzocón,
Distrito Mixe, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $101,182.39 (Ciento un mil
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