Page 23 - San Juan Cotzocón
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La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FUENTE DE FECHA INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE O IMPORTE INFORME FINAL DE AUDITORÍA
FINANCIAMIENTO 09/11/2023 BANCARIA Y TRANSFERENCIA
119,886.00
PARTICIPACIONES NÚM. DE BANCARIA $119,886.00
(RAMO 28) - CUENTA
RECURSOS
Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación FEDERALES Banco
correspondiente y la evidencia del destino de los materiales adquiridos, presentó
información y documentación como se detalla en el ANEXO DAM-FC-13-SOL, de la que se Mercantil del
advierten inconsistencias; asimismo, no presentó evidencia del destino de los materiales,
por lo cual la documentación presentada resulta insuficiente para solventar las 001656 09/11/2023 119,886.00 000388 09/11/2023 119,886.00 Norte, S.A., 0B630F98
observaciones emitidas en cantidad de $1,032,952.39 (Un millón treinta y dos mil $119,886.00
novecientos cincuenta y dos pesos 39/100 M.N.). CTA.
1222574685
TOTAL $119,886.00
Continúa cuadro a la derecha…
COMPROBANTE IMPORTE
OBSERVADO
FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
16/11/2023 30 PIEZA CHAMARRA TÁCTICA PARA POLICÍA, 30 PIEZA 119,886.00
0B630F98-1749-4860- DISTRIBUIDORA 119,886.00 PANTALÓN OTAN TÁCTICO, 30 PIEZA PLAYERA PARA
8593-112E074B7121 SAGRARIO S.A DE C.V. POLICÍA $119,886.00
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General $119,886.00
de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley
del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado
de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable, acción:
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-22.
Pliego de observaciones:
El siguiente Resultado: AF-23 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que 2023-OA/CPM/053/2024-PO-20.
se transcribe a continuación:
(…) CON OBSERVACIÓN Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $119,886.00 (Ciento
“RESULTADO: AF-23 diecinueve mil ochocientos ochenta y seis pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada
en este resultado.”
De la revisión a la sub-subcuenta 51271–2712 UNIFORMES Y ACCESORIOS, se constató que el H.
Ayuntamiento del Municipio de San Juan Cotzocón, Distrito Mixe, Oaxaca, afectó el Presupuesto de (…)
Egresos en cantidad de $119,886.00 (Ciento diecinueve mil ochocientos ochenta y seis pesos 00/100
M.N.), observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente, Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
conforme a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones transcrito, en cantidad de $119,886.00 (Ciento diecinueve mil ochocientos ochenta y seis
disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pesos 00/100 M.N.); por lo que se tiene por aceptada la observación realizada.
pertinentes, asimismo, no presentó evidencia de la adquisición y recepción de los uniformes por los
beneficiarios finales, como se detalla a continuación: Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
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