Page 14 - San Lucas Ojitlán
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de (…) CON OBSERVACIÓN
Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria. “RESULTADO: AF-16
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: De la revisión a la sub-subcuenta 51291-2961 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE
TRANSPORTE, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Lucas Ojitlán, Distrito de Tuxtepec,
Pliego de Observaciones. Oaxaca afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $781,441.04 (Setecientos ochenta y un mil
cuatrocientos cuarenta y un pesos 04/100 M.N.), observándose la cantidad de $61,192.44 (Sesenta y un
2023-OA/CPM/061/2024-PO-11 mil ciento noventa y dos pesos 44/100 M.N.), debido a que los registros contables y presupuestarios no
se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto como es el requerimiento de
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la las refacciones, la autorización correspondiente, tres referentes, la constancia de recepción de las
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $101,326.56 (Ciento un mil refacciones, la evidencia del uso y destino del recurso, bitácoras de mantenimiento; como se detalla
trescientos veintiséis pesos 56/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.” en el ANEXO DAM-FC-11.
(…) Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado Responsabilidad Hacendaria.
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; referente a oficio no.
079/DIF2023 de fecha 25 de marzo de 2023 suscrito por la Presidenta Honoraria del DIF Pliego de Observaciones.
mediante el cual solicita madejas de hilo vela para las artesanas del municipio; oficios s/n
mediante los cuales las artesanas del municipio solicitan apoyo con madejas de hilo para 2023-OA/CPM/061/2024-PO-12
la elaboración de textiles; oficio no. MSLO-232/083/2023 de fecha 1 de abril de 2023 de la
autorización para la compra de madejas de hilos para las artesanas del municipio; Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documento denominado acta de verificación y entrega recepción física de bienes y/o documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $61,192.44 (Sesenta y un
servicios de fecha 23 de abril de 2023 de la entrega de 211.400 kg de madejas de hilo globo mil ciento noventa y dos pesos 44/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
a la Presidenta Honoraria del DIF; documentos denominados "recibí", mediante el cual a
cada artesana le entregan 5 madejas de hilo; copias de credencial de elector; copia de (…)
acreditación de persona artesana y fotografías de la entrega de los hilos a cada una de las
mujeres artesanas y de la utilización de los mismos en la elaboración de prendas La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
artesanales; con los cuales justificó las observaciones transcritas anteriormente. antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-11-SOL-11.
como solventado el resultado AF-15.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
El siguiente resultado AF-16 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
transcribe a continuación: como solventado el resultado AF-16.
El siguiente resultado AF-17 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:
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