Page 24 - San Pablo Villa de Mitla
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA              Pliego de observaciones:                                                                                        cantidad de $665,800.00 (Seiscientos sesenta y cinco mil ochocientos pesos 00/100 M.N.), relativa
                                                                                                                                                        al proceso de contratación correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde
                                        2023-OA/CPM/073/2024-PO-18.                                                                                     garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
                                                                                                                                                        financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; asimismo no presentó evidencia
                                        Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la              documental de los servicios de contabilidad contratados; lo anterior como se detalla en el ANEXO
                                        documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de                      DAM-FC-08.
                                        $153,500.00 (Ciento cincuenta y tres mil quinientos pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación
                                        detallada en este resultado.”                                                                                   Incumpliendo con lo establecido en los artículos; 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                                                                                                                                                        Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley
                                     (…)                                                                                                                de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
                                                                                                                                                        Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                                       Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                        de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.

                            Respecto a la documentación justificativa relativa al proceso de contratación                                               Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                            correspondiente y evidencia documental de los servicios profesionales contratados,                                          acción:
                            presentó oficios de solicitud de asesorías jurídicas, actas extraordinarias del comité de
                            adquisiciones, oficios de autorización, bases de contratación, tres invitaciones para                                       Pliego de observaciones:
                            participar en el proceso de licitación, tres oficios de manifestación de intereses, actas de
                            junta de aclaraciones, actas de apertura de las propuestas técnicas y económicas, oficios                                   2023-OA/CPM/073/2024-PO-19.
                            de suficiencia presupuestaria, tres cotizaciones por gasto, dictamen técnico-económico y
                            cuadro comparativo, e Investigación de mercado y cuadro comparativo, acta de fallo del                                      Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            proceso de contratación, acta de adjudicación del proceso de compras por adjudicación                                       documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de
                            directa, contratos de adquisición, actas de entrega recepción, productos o servicios y                                      $665,800.00 (Seiscientos sesenta y cinco mil ochocientos pesos 00/100 M.N.), conforme a la
                            reportes fotográficos; la cual resulta suficiente para solventar las observaciones emitidas.                                observación detallada en este resultado.”

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                                (…)
                            suficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                            como solventado el Resultado: AF-23.                                                                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                                                                                                                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                            El siguiente Resultado: AF-24 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                            se transcribe a continuación:                                                                                   Respecto a la documentación justificativa relativa al proceso de contratación
                                                                                                                                            correspondiente y evidencia documental de los servicios de contabilidad contratados,
                                (…)                CON OBSERVACIÓN                                                                          presentó información y documentación cómo se detalla en el ANEXO DAM-FC-08-SOL;
                                                                                                                                            documentación de la cual se advierten inconsistencias, por lo cual, la documentación
                                “RESULTADO: AF-24                                                                                           presentada resulta insuficiente para solventar las observaciones emitidas en cantidad de
                                                                                                                                            $665,800.00 (Seiscientos sesenta y cinco mil ochocientos pesos 00/100 M.N.).
                                De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3312 SERVICIOS DE CONTABILIDAD, AUDITORIA, ASESORÍA
                                CONTABLE Y FISCAL, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Pablo Villa de Mitla,            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
                                Distrito de Tlacolula, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $2,003,200.00 (Dos           de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
                                millones tres mil doscientos pesos 00/100 M.N.); observando que los registros contables y                   28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
                                presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, en              Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero
                                                                                                                                            del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del
                                                                                                                                            Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.

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