Page 25 - Santa Catarina Juquila
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financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, asimismo, no presentó evidencia emitidas en cantidad de $1,967,613.16 (Un millón novecientos sesenta y siete mil INFORME FINAL DE AUDITORÍA
de las actividades realizadas con los supuestos vehículos arrendados, el documento que acredite la seiscientos trece pesos 16/100 M.N.).
entrega recepción del proveedor al municipio y los resguardos correspondientes; aunado a lo
anterior, de la consulta efectuada a la página oficial de la marca de vehículos arrendados, se Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
constató que el año modelo objeto del contrato estuvo disponible en la Red de Distribuidores de Contabilidad Gubernamental; 137 de la Constitución Política del Estado Libre y
Chevrolet de la República Mexicana hasta el mes de mayo del 2022, fecha que es posterior al inicio Soberano de Oaxaca 26 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del
del arrendamiento, así como, a la fecha de la firma del contrato celebrado; de la misma manera, se Estado de Oaxaca; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley de
observó que el costo publicado en dicha página fue inferior al pago realizado del contrato por Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración
ejercicio, es decir, la entidad fiscalizable no acreditó que los recursos de los que dispuso se de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento
administraran con austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de
para satisfacer los objetivos a los que fueron destinados, además, el pago del arrendamiento no Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
corresponde a lo pactado en el contrato presentado, lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-
FC-09. Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable,
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de concluyendo como no solventado el Resultado: AF-31.
Contabilidad Gubernamental; 137 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca
26 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 120 de la Ley El siguiente Resultado: AF-32 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, se transcribe a continuación:
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del
Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y (…) CON OBSERVACIÓN
Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el
Ejercicio Fiscal 2023. “RESULTADO: AF-32
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3261 ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA
acción: CONSTRUCCIÓN, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Catarina Juquila,
Distrito de Juquila, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $1,892,030.95 (Un
Pliego de observaciones: millón ochocientos noventa y dos mil treinta pesos 95/100 M.N.); observando que los registros
contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del
2023-OA/CPM/089/2024-PO-22. gasto en cantidad de $170,000.00 (Ciento setenta mil pesos 00/100 M.N.), relativa a la evidencia de
los trabajos realizados con la maquinaria arrendada; lo anterior como se detalla a continuación:
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
$1,974,573.16 (Un millón novecientos setenta y cuatro mil quinientos setenta y tres pesos 16/100
M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.” FUENTE DE INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE
FINANCIAMIENTO
(…) NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FECHA BANCARIA Y O IMPORTE
APORTACIONES 12/10/2023
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado (RAMO 33 FONDO NÚM. DE TRANSFERENCIA 170,000.00
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: IV) - RECURSOS $170,000.00
CUENTA BANCARIA
Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación y FEDERALES
evidencia de las actividades realizadas con los vehículos arrendados, presentó información BBVA
y documentación como se detalla en el ANEXO DAM-FC-09-SOL, sin embargo, la
documentación presentada ya fue valorada en la etapa de auditoría en el informe 006394 12/10/2023 170,000.00 001784 12/10/2023 170,000.00 Bancomer, TRANSFERENCIA
preliminar, así mismo, no presentó la demás documentación justificativa requerida, por lo $170,000.00
cual, la documentación presentada resulta insuficiente para solventar las observaciones S.A. 896506
0119737731
TOTAL $170,000.00
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