Page 26 - Santa Catarina Juquila
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA COMPROBANTE IMPORTE (…)
OBSERVADO
FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO “RESULTADO: AF-33
30/10/2023 170,000.00
80F15959-5FAA-45B1-9177- INGENIERÍA INNED S.A. 170,000.00 RENTA DE RETROEXCAVADORA Y CAMIÓN VOLTEO $170,000.00 SIN OBSERVACIÓN
77E35027FB46 DE C.V. $170,000.00 PARA EL RETIRO DE ESCOMBROS
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3291 ARRENDAMIENTO DE MESAS, SILLAS, UTENSILIOS DE
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley COCINA, MANTELERÍA, LONAS, CARPAS Y SIMILARES, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio
de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de de Santa Catarina Juquila, Distrito de Juquila, Oaxaca, afecto el Presupuesto de Egresos en cantidad
Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley de $212,802.00 (Doscientos doce mil ochocientos dos pesos 00/100 M.N.); constatando que los
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado registros contables y presupuestarios, se encuentran respaldados con la documentación
de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. comprobatoria y justificativa del gasto.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación
acción: alguna respecto a este resultado.”
(…)
Pliego de observaciones:
2023-OA/CPM/089/2024-PO-23. Debido a lo anterior, este Resultado: AF-33 permanece sin observaciones.
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la El siguiente Resultado: AF-34 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de se transcribe a continuación:
$170,000.00 (Ciento setenta mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
resultado.” (…) CON OBSERVACIÓN
(…) “RESULTADO: AF-34
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3311 SERVICIOS PROFESIONALES DE TRAMITES LEGALES,
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: NOTARIALES, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Catarina Juquila, Distrito
de Juquila, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $266,800.00 (Doscientos
Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa a la evidencia de los trabajos sesenta y seis mil ochocientos pesos 00/100 M.N.); observando que los registros contables y
realizados con la maquinaria arrendada, presentó actas de entrega-recepción y reporte presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa
fotográfico; el cual resulta suficiente para solventar las observaciones emitidas. al proceso de contratación correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde
garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; así como, la evidencia documental
suficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo de los servicios contratados relativa a los entregables y acuse de la recepción de los servicios
como solventado el Resultado: AF-32. contratados; lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-10.
El siguiente Resultado: AF-33 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
Auditoría, mismo que se transcribe a continuación: Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley
de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado
de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
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