Page 28 - Santa Catarina Juquila
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA              Pliego de observaciones:                                                                            El siguiente Resultado: AF-37 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                                                                                                                                            se transcribe a continuación:
                                        2023-OA/CPM/089/2024-PO-25.
                                                                                                                                            (…)                          CON OBSERVACIÓN
                                        Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                        documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de          “RESULTADO: AF-37
                                        $935,032.17 (Novecientos treinta y cinco mil treinta y dos pesos 17/100 M.N.), conforme a la
                                        observación detallada en este resultado.”                                                           De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3361 FOTOCOPIADO, DIGITALIZACIÓN, ENGARGOLADO,
                                                                                                                                            ENMICADO, ENCUADERNACIÓN Y OTROS AFINES, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de
                                     (…)                                                                                                    Santa Catarina Juquila, Distrito de Juquila, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad
                                                                                                                                            de $352,465.03 (Trescientos cincuenta y dos mil cuatrocientos sesenta y cinco pesos 03/100 M.N.),
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                           observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                            documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente, conforme
                                                                                                                                            a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles
                            Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación                        en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; así
                            correspondiente y evidencia documental de los servicios contratados y el acuse de                               como, evidencia de los servicios contratados; lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-12.
                            recepción de los servicios, presentó información y documentación como se detalla en el
                            ANEXO DAM-FC-11-SOL, sin embargo, de la documentación presentada se encontraron las                             Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                            siguientes inconsistencias: las actas de sesión extraordinaria de cabildo no se encuentran                      Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley
                            debidamente firmadas; el acta de acuerdos de excepción a la licitación no acredita que se                       de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
                            haya contratado para atender la eventualidad de que se trate; el acta de integración del                        Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley
                            Consejo de Desarrollo Municipal no se encuentra debidamente firmada; el acta de                                 Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado
                            priorización de obras, acciones y proyectos del Consejo de Desarrollo Social Municipal no se                    de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
                            encuentra debidamente firmada; y el acta de adjudicación no se encuentra debidamente
                            firmada, por lo cual, la documentación presentada resulta insuficiente para solventar las                       Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                            observaciones emitidas en cantidad de $935,032.17 (Novecientos treinta y cinco mil treinta                      acción:
                            y dos pesos 17/100 M.N.).
                                                                                                                                            Pliego de observaciones:
                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
                            de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;                           2023-OA/CPM/089/2024-PO-26.
                            28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
                            Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero                          Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del                          documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de
                            Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.                                      $352,465.03 (Trescientos cincuenta y dos mil cuatrocientos sesenta y cinco pesos 03/100 M.N.),
                                                                                                                                            conforme a la observación detallada en este resultado.”
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable,                               (…)
                            concluyendo como no solventado el Resultado: AF-36.
                                                                                                                                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                                                                                                                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                                                                                                                                            Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
                                                                                                                                            correspondiente y evidencia de los servicios contratados, presentó información y
                                                                                                                                            documentación como se detalla en el ANEXO DAM-FC-12-SOL, sin embargo, la evidencia es
                                                                                                                                            insuficiente, asimismo, en las cotizaciones, se advierten similitudes en los formatos y

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