Page 29 - Santa Catarina Juquila
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descripciones, además las invitaciones al proceso de licitación fueron elaborados por el Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente INFORME FINAL DE AUDITORÍA
tesorero municipal y los oficios de manifestación de interés fueron dirigidos al presidente del acción:
comité municipal, los cuales no se encuentran firmados o sellados de recibido por las partes,
por lo cual, la documentación presentada resulta insuficiente para solventar las Pliego de observaciones:
observaciones emitidas en cantidad de $352,465.03 (Trescientos cincuenta y dos mil
cuatrocientos sesenta y cinco pesos 03/100 M.N.). 2023-OA/CPM/089/2024-PO-27.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de
28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y $185,626.97 (Ciento ochenta y cinco mil seiscientos veintiséis pesos 97/100 M.N.), conforme a la
Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero observación detallada en este resultado.”
del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del
Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. (…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa a la solicitud y autorización del
insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable, gasto y evidencia del servicio y de los materiales adquiridos, y acuse de recepción de los
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-37. materiales de las áreas solicitantes, presentó información y documentación como se detalla
en el ANEXO DAM-FC-13-SOL, la cual resulta suficiente para solventar las observaciones
El siguiente Resultado: AF-38 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que emitidas.
se transcribe a continuación:
(…) CON OBSERVACIÓN Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
“RESULTADO: AF-38 como solventado el Resultado: AF-38.
De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3363 SERVICIOS DE ELABORACIÓN E IMPRESIÓN DE El siguiente Resultado: AF-39 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
DOCUMENTOS OFICIALES, REPRODUCCIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO, LIBROS, FOLLETOS Y REVISTAS, se transcribe a continuación:
se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Catarina Juquila, Distrito de Juquila,
Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $185,626.97 (Ciento ochenta y cinco mil (…) CON OBSERVACIÓN
seiscientos veintiséis pesos 97/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios,
no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa a la solicitud y “RESULTADO: AF-39
autorización del gasto; así como, la evidencia del servicio y de los materiales adquiridos; aunado a lo
anterior, no presentó acuse de recepción de los materiales de las áreas solicitantes; lo anterior como De la revisión a la sub-subcuenta 51351-3511 CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO MENOR DE
se detalla en el ANEXO DAM-FC-13. INMUEBLES, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Catarina Juquila, Distrito de
Juquila, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $209,738.00 (Doscientos nueve
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de mil setecientos treinta y ocho pesos 00/100 M.N.), observando que los registros contables y
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto en
de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de cantidad de $71,238.00 (Setenta y un mil doscientos treinta y ocho pesos 00/100 M.N.), relativa a la
Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley evidencia de los trabajos realizados y acuse de recepción del servicio contratado o documento que
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado justifique la entrega de los servicios; lo anterior como se detalla a continuación:
de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
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