Page 30 - Heroica Ciudad de Tlaxiaco
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Pliego de observaciones:
insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-28. 2023-OA/CPM/101/2024-PO-25.
El siguiente Resultado: AF-29 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
se transcribe a continuación: documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $252,000.00
(Doscientos cincuenta y dos mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación que se detalla en
(…) este resultado.”
“RESULTADO: AF-29 CON OBSERVACIÓN (…)
De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3274 LICENCIAS DE USO DE PROGRAMAS DE CÓMPUTO Y SU La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
ACTUALIZACIÓN, NO CAPITALIZABLE, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Heroica antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Ciudad de Tlaxiaco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de
$252,000.00 (Doscientos cincuenta y dos mil pesos 00/100 M.N.); observando que los registros Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del correspondiente y la evidencia que acredite el servicio contratado; presentó oficio de
gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en solicitud del gasto, contrato de prestación de servicios profesionales y tres capturas de
donde garanticen al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, pantalla de un sistema de ingresos, sin embargo, la evidencia presentada no acredita el
financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; así como, la evidencia que acredite servicio contratado, adicionalmente, no presentó tres cotizaciones; cuadro comparativo;
el servicio contratado, lo anterior como se detalla a continuación: estudio de mercado y justificación de la excepción a la licitación; por lo cual la
documentación presentada, resulta insuficiente para solventar las observaciones emitidas
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO en cantidad de $252,000.00 (Doscientos cincuenta y dos mil pesos 00/100 M.N.).
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FUENTE DE FECHA INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE O IMPORTE Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
FINANCIAMIENTO 13/03/2023 BANCARIA Y TRANSFERENCIA de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
252,000.00 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
RECURSOS NÚM. DE BANCARIA $252,000.00 Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero
FISCALES – CUENTA del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del
RECURSOS Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
FISCALES BBVA
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
002454 13/03/2023 252,000.00 000492 13/03/2023 252,000.00 Bancomer, I323202303131 insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-29.
S.A. 10:56:28 A.M.
El siguiente Resultado: AF-30 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
0119063846 se transcribe a continuación:
TOTAL $252,000.00 $252,000.00
Continúa cuadro a la derecha…
COMPROBANTE IMPORTE
OBSERVADO
FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
13/03/2023 D8F88885-BADB- INSTALACIÓN Y LICENCIA DEL SISTEMA DE INGRESOS 252,000.00
4DEA-8D3C- CLASIFICACIÓN DE MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2023 DEL MUNICIPIO
2D8AECB6CA49 HEROICA CIUDAD DE TLAXIACO. $252,000.00
CIRCULANTES PREFERENTE 252,000.00
S.C.
$252,000.00
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley
de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado
de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
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