Page 14 - Santa María Yucuhiti
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA COMPROBANTE OBSERVACIONES IMPORTE Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero
OBSERVADO del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del
FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO COMPARATIVO; ASÍ COMO LA EVIDENCIA Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
DEL DESTINO DE LOS PRODUCTOS 15,000.00
1ED2A1C3- ADQUIRIDOS
$180,000.00
7024-4548- ELOIT 2 PZ COMPRA
DE RES
17/01/2024 A4DB- ABASTECEDORA 15,000.00
172DBD960F9 TOTAL
8 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
$180,000.00 concluyendo como no solventado el Resultado: AF-11.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de El siguiente Resultado: AF-12 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley de transcribe a continuación:
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
para el Ejercicio Fiscal 2023.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente (…) CON OBSERVACIÓN
acción:
“RESULTADO: AF-12
Pliego de observaciones: De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2421 CEMENTO Y PRODUCTOS DE CONCRETO; se constató que el
H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Yucuhiti, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, afecto el
2023-OA/CPM/118/2024-PO-07. Presupuesto de Egresos, en cantidad de $270,555.00 (Doscientos setenta mil quinientos cincuenta y
cinco pesos 00/100 M.N.), observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores
$180,000.00 (Ciento ochenta mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
resultado.” circunstancias pertinentes, así como la evidencia de los trabajos realizados con los materiales
adquiridos; lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-04.
(…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley de
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
Respecto a la documentación justificativa del gasto relativa al proceso de contratación Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
correspondiente; presentó CFDI’s, solicitudes y autorizaciones del gasto, cuadros Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
comparativos, constancia de recepción por el proveedor, 3 cotizaciones de las que se para el Ejercicio Fiscal 2023.
advierten similitudes en los formatos y descripciones; reportes fotográficos ilegibles;
asimismo, no presentó la evidencia del destino de los productos adquiridos; de la Póliza D- Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
006745, no presentó la justificación de la excepción a la licitación; por lo cual, la acción:
documentación presentada resulta insuficiente para solventar las observaciones emitidas
en cantidad de $180,000.00 (Ciento ochenta mil pesos 00/100 M.N.). Pliego de observaciones:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General 2023-OA/CPM/118/2024-PO-08.
de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de
$270,555.00 (Doscientos setenta mil quinientos cincuenta y cinco pesos 00/100 M.N.), conforme a la
observación detallada en este resultado.”
(…)
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