Page 17 - Santa María Yucuhiti
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FECHA NÚM. COMPROBANTE CONCEPTO IMPORTE El siguiente Resultado: AF-16 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se INFORME FINAL DE AUDITORÍA
PROVEEDOR IMPORTE OBSERVADO transcribe a continuación:
06/11/2023 55E5651C- JUAN 46,360.00 9 CUBETA BERELINTE BLANCO, 2 CUBETA BERELINTE 3-2803 T, 4 46,320.00 (…)
3725-47A6- CARLOS CUBETA AMARILLO, 1CUBETA THINNER ...
GONZÁLEZ “RESULTADO: AF-16
B224- RAMÍREZ CON OBSERVACIÓN
9A81BC1453BF
$46,320.00 $46,320.00
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de De la revisión a la sub-subcuenta 51261-2611 COMBUSTIBLES, se constató que el H. Ayuntamiento del
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley de Municipio de Santa María Yucuhiti, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes cantidad de $1,277,836.26 (Un millón doscientos setenta y siete mil ochocientos treinta y seis pesos
Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de 26/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca con la documentación justificativa del gasto, relativa a la solicitud, autorización del consumo de
para el Ejercicio Fiscal 2023. combustible por unidad en funcionamiento, propiedad del municipio, registrada en la plantilla vehicular,
y convenio o contrato; lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-05.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
acción: Contabilidad Gubernamental; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio
Pliego de observaciones: Fiscal 2023.
2023-OA/CPM/118/2024-PO-11. Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $46,320.00 Pliego de observaciones:
(Cuarenta y seis mil trescientos veinte pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
resultado.” 2023-OA/CPM/118/2024-PO-12.
(…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de
$1,277,836.26 (Un millón doscientos setenta y siete mil ochocientos treinta y seis pesos 26/100 M.N.),
Respecto a la documentación justificativa del gasto; presentó CFDI, 2 cotizaciones, cuadro conforme a la observación detallada en este resultado.”
comparativo, solicitud y autorización del gasto, reporte fotográfico ilegible, sin embargo, no
presento evidencia de los trabajos realizados con los productos adquiridos; por lo cual, la (…)
documentación presentada resulta insuficiente para solventar las observaciones emitidas
en cantidad de $46,320.00 (Cuarenta y seis mil trescientos veinte pesos 00/100 M.N.). La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General Respecto a la documentación justificativa del gasto relativa a la solicitud, autorización y
de Contabilidad Gubernamental; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de convenio; presentó información y documentación como se detalla en el ANEXO DAM-FC-
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. 05-SOL; la cual resulta suficiente para solventar las observaciones emitidas.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-15. como solventado el Resultado: AF-16.
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