Page 22 - Santa María Yucuhiti
P. 22

INFORME FINAL DE AUDITORÍA              Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de          El siguiente Resultado: AF-23 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
                                        Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley de        transcribe a continuación:
                                        Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
                                        Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de         (…)
                                        Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
                                        para el Ejercicio Fiscal 2023.                                                                            “RESULTADO: AF-23  CON OBSERVACIÓN

                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente     De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3312 SERVICIOS DE CONTABILIDAD, AUDITORÍA, ASESORÍA CONTABLE
                                        acción:                                                                                                   Y FISCAL, se constató que la entidad fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de
                                                                                                                                                  $246,000.00 (Doscientos cuarenta y seis mil pesos 00/100 M.N.), observando que los registros contables
                                        Pliego de observaciones:                                                                                  y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa
                                                                                                                                                  al proceso de contratación correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde
                                        2023-OA/CPM/118/2024-PO-18.                                                                               garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
                                                                                                                                                  financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; así como la evidencia de la
                                        Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la        realización y resultado de los servicios contratados relativa a los entregables; lo anterior como se detalla
                                        documentación y/o información que compruebe justifique, aclare o reintegre la cantidad de                 en el ANEXO DAM-FC-09.
                                        $108,000.00 (Ciento ocho mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
                                                                                                                                                  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                                     (…)                                                                                                          Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley de
                                                                                                                                                  Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                           Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
                            transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                        Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
                                                                                                                                                  para el Ejercicio Fiscal 2023.
                            Respecto a la documentación justificativa del gasto relativa al proceso de contratación
                            correspondiente y evidencia de la realización y resultado de los servicios contratados relativa                       Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                            a los entregables, según la cláusula primera "objeto del contrato" número CPSJ/LRA/SMY-                               acción:
                            01/2023, presentó información y documentación como se detalla en el ANEXO DAM-FC-08-
                            SOL; sin embargo, no presentó la demás documentación justificativa del gasto relativa al                              Pliego de observaciones:
                            proceso de contratación correspondiente a la modalidad establecida en la normatividad
                            aplicable; por lo cual, la documentación presentada resulta insuficiente para solventar las                           2023-OA/CPM/118/2024-PO-19.
                            observaciones emitidas en cantidad de $108,000.00 (Ciento ocho mil pesos 00/100 M.N.).                                Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                                  documentación y/o información que compruebe justifique, aclare o reintegre la cantidad $246,000.00
                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General                         (Doscientos cuarenta y seis mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
                            de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;                                 resultado.”
                            28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
                            Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero                                (…)
                            del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del
                            Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.                                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                                                                                                                                                  transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                                     Respecto a la documentación justificativa del gasto relativa al proceso de contratación
                            concluyendo como no solventado el Resultado: AF-22.                                                                   correspondiente y evidencia de la realización y resultado de los servicios contratados relativa
                                                                                                                                                  a los entregables, presentó información y documentación como se detalla en el ANEXO
                                                                                                                                                  DAM-FC-09-SOL; sin embargo, no presentó la demás documentación del proceso de
                                                                                                                                                  contratación correspondiente a la modalidad establecida en la normatividad aplicable; por

                            20
   17   18   19   20   21   22   23   24   25   26   27