Page 17 - Santa Maria Zacatepec
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La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                                                           COMPROBANTE
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                                                                                             FECHA            NÚM.      PROVEEDOR     IMPORTE      CONCEPTO                                                        INFORME FINAL DE AUDITORÍA
                                                                                                          26/07/2023
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la                                       98593774-A4A0-  TEXTIEXPORT SA   50,000.00  20 PANTALÓN PREMIUM TACTICAL AZUL MARINO; 20 PLAYERA CUELLO
documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas                                       481F-B774-        DE CV     $50,000.00  REDONDO MANGA CORTA CON UN LOGO TAMAÑO GAFETE Y UNO EN LA
anteriormente en cantidad de $270,729.51 (Doscientos setenta mil setecientos veintinueve                                                                          ESPALDA A UNA TINTA; 20 CAMISOLA TACTICA MANGA LARGA AZUL
pesos 51/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-12-SOL-13.                                                      726BA8965057                               MARINO MARCA PREMIUM TACTICAL CON TRES LOGOTIPOS TAMAÑO
                                                                                                                                                                  GAFETE Y UNO EN LA ESPALDA"; 20 BOTA DUTY COLOR NEGRO.

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción             Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley
I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero Reglamento de la                 General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28
Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.                                                  párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
                                                                                                          Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                 de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                         de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
concluyendo como no solventado el resultado AF-16.
                                                                                                          Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
El siguiente resultado AF-17 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se              acción:
transcribe a continuación:
                                                                                                          Pliego de Observaciones.
(…)
                                                                                                          2023-OA/CPM/119/2024-PO-15
“RESULTADO: AF-17 CON OBSERVACIÓN
                                                                                                          Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
De la revisión a la sub-subcuenta 51271-2712 UNIFORMES Y ACCESORIOS; se constató que la entidad           documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $50,000.00 (Cincuenta
fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100       mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado. “
M.N.), observando que el registro contable y presupuestario no se encuentra soportado con la
documentación justificativa del gasto, relativa al procedimiento de contratación en donde garantice       (…)
al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento,
oportunidad y demás circunstancias pertinentes; la requisición para su adquisición; la autorización       La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
correspondiente; la constancia de recepción; y la evidencia del uso o destino de los uniformes, como      transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
se detalla en el siguiente cuadro:
                                                                                                          Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la
                                                                                                          documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
                                                                                                          anteriormente en cantidad de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), como se
                                                                                                          detalla en el ANEXO DAM-FC-SOL-14.

       PÓLIZA DE DIARIO         PÓLIZA DE EGRESO            BANCO SANTANDER MEXICO S.A NUMERO DE CUENTA:  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de
                                                                                        18000250747       la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado
                                                                                                          de Oaxaca; 28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
NÚMERO FECHA       IMPORTE NÚMERO FECHA         IMPORTE     FECHA     No. DE CHEQUE O         IMPORTE     Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
                                                                       TRANSFERENCIA                      del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio
                                                                                                          Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
                                                                           BANCARIA                       Responsabilidad Hacendaria.

                                                                      CARGO TRANSFERENCIA;

002128 31/07/2023  50,000.00 000798 31/07/2023  50,000.00 14/07/2023  REFERENCIA:             50,000.00

                                                                      992023071410563585H196

TOTAL              $50,000.00                   $50,000.00                                    $50,000.00

Continúa cuadro a la derecha …

                                                                                                                                                                                                                               15
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