Page 22 - Santa Maria Zacatepec
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Pliego de Observaciones.                                                                                          PÓLIZA DE DIARIO    PÓLIZA DE EGRESO                  BANCO SANTANDER MÉXICO S.A NUMERO DE CUENTA:
                                        2023-OA/CPM/119/2024-PO-21                                                                             NÚMERO FECHA IMPORTE
INFORME FINAL DE AUDITORÍA              Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                                                                            18000250747
                                        documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $363,960.00 (Trecientos      003190 30/11/2023 80,000.00
                                        sesenta y tres mil novecientos sesenta pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas                                                                             No. DE CHEQUE O
                                        en este resultado. “
                                                                                                                                                                             NÚMERO FECHA           IMPORTE     FECHA  TRANSFERENCIA          IMPORTE
                                     (…)
                                                                                                                                                                                                                       BANCARIA
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                            transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                                                                                             PAGO

                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la                                                                                                            TRANSFERENCIA SPEI;
                            documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
                            anteriormente en cantidad de $363,960.00 (Trecientos sesenta y tres mil novecientos                                                              001137 30/11/2023      80,000.00   06/11/2023 CLAVE DE RASTREO;  80,000.00
                            sesenta pesos 00/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-16-SOL-20.
                                                                                                                                                                                                                       20231106400140BET00
                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la
                            Federación; 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad                                                                                                   00470583450
                            Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
                            primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación                            TOTAL       $80,000.00                               $80,000.00                                $80,000.00
                            de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del
                            Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo                           Continúa cuadro a la derecha…
                            tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
                                                                                                                                                                                           COMPROBANTE
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                                    FECHA             NÚM.              PROVEEDOR      IMPORTE                             CONCEPTO
                            concluyendo como no solventado el resultado AF-23.                                                                 06/11/2023                                             80,000.00
                                                                                                                                                           5684A31D-36BA-    CONSULTORIA INTEGRAL,                1 SERVICIOS CONTABLES CORRESPONDIENTE
                            El siguiente resultado AF-24 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                                      4345-99AE-              CONTABLE,                  AL MES DE SEPTIEMBRE Y OCTUBRE EJERCICIO
                            transcribe a continuación:                                                                                                       47641ED4FE95
                                                                                                                                                                                 ADMINISTRATIVA Y                                       FISCAL 2023.
                                     (…)                                                                                                                                              MUNICIPAL

                                        “RESULTADO: AF-24 CON OBSERVACIÓN                                                                                                                           $80,000.00
                                        De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3312 SERVICIOS DE CONTABILIDAD, AUDITORÍA, ASESORÍA
                                        CONTABLE Y FISCAL; se constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en         Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracciones I y II de la
                                        cantidad de $80,000.00 (Ochenta mil pesos 00/100 M.N.), observando que el registro contable y          Ley General de Contabilidad Gubernamental, 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
                                        presupuestario no se encuentra soportado con la documentación justificativa del gasto, relativa al     28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación
                                        procedimiento de contratación en donde garantice al municipio las mejores condiciones disponibles      de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del
                                        en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; la        Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del
                                        solicitud que especifique la necesidad de la contratación; y la autorización correspondiente, como se  Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
                                        detalla en el siguiente cuadro:
                                                                                                                                               Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                            20                                                                                                                 observación:

                                                                                                                                               Pliego de Observaciones.

                                                                                                                                               2023-OA/CPM/119/2024-PO-22

                                                                                                                                               Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                               documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $80,000.00 (Ochenta mil
                                                                                                                                               pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas en este resultado.”

                                                                                                                                               (…)

                                                                                                                                               La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                                                                                                                                               transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                                                                                                                                               Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la
                                                                                                                                               documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
                                                                                                                                               anteriormente en cantidad de $80,000.00 (Ochenta mil pesos 00/100 M.N.), como se detalla
                                                                                                                                               en el ANEXO DAM-FC-SOL-21.
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