Page 15 - Santiago Ixtayutla
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Pliego de Observaciones. Pliego de Observaciones. INFORME FINAL DE AUDITORÍA
2023-OA/CPM/123/2024-PO-11 2023-OA/CPM/123/2024-PO-12
Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $21,547.00 (Veintiún mil documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $34,274.50 (Treinta y
quinientos cuarenta y siete pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas en este cuatro mil doscientos setenta y cuatro pesos 50/100 M.N.), conforme a la observación detallada en
resultado.” este resultado.”
(…) (…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; relativas al reporte Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la
fotográfico en donde se muestra el destino de los productos y adicionalmente presentó documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
póliza de egresos. anteriormente en cantidad de $34,274.50 (Treinta y cuatro mil doscientos setenta y cuatro
pesos 50/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-11-SOL-11
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de
como solventado el resultado AF-13. la Ley General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero Reglamento de la Ley
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
El siguiente resultado AF-14 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
(…) concluyendo como no solventado el resultado AF-14.
“RESULTADO: AF-14 CON OBSERVACIÓN El siguiente resultado AF-15 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:
De la revisión a la sub-subcuenta 51261-2611 COMBUSTIBLES; se constató que la entidad fiscalizable
afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $34,274.50 (Treinta y cuatro mil doscientos setenta (…)
y cuatro pesos 50/100 M.N.), observando que los registros contables y presupuestarios no se
encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto, relativa a las bitácoras donde “RESULTADO: AF-15 CON OBSERVACIÓN
conste el control del suministro de combustible de las unidades propiedad del Municipio, así como su
destino y uso adecuado en las comisiones oficiales del municipio; como se detalla en el ANEXO DAM- De la revisión a la sub-subcuenta 51261-2612 LUBRICANTES Y ADITIVOS; se constató que la entidad
FC-11. fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $44,810.00 (Cuarenta y cuatro mil
ochocientos diez pesos 00/100 M.N.), observando que los registros contables y presupuestarios no se
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto, referente a los tres referentes, la
General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero Reglamento de la Ley Estatal de requisición que especifique la necesidad de la adquisición, la autorización correspondiente, la
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. constancia de recepción y la evidencia del uso o destino de los consumibles; como se detalla en el
ANEXO DAM-FC-12.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
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