Page 14 - Santiago Matatlán
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA      Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186                   condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
                                párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 5                  circunstancias pertinentes, evidencia del destino de los materiales, y así mismo, no presentó
                                del Presupuesto de Egresos del Municipio aprobado por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023.                    documentación comprobatoria en cantidad de $12,423.30 (Doce mil cuatrocientos veintitrés pesos
                                                                                                                                                   30/100 M.N.); Lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-04.
                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                acción:                                                                                                            Incumpliendo con lo establecido los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad
                                                                                                                                                   Gubernamental; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 120 de la Ley Orgánica Municipal del
                                Pliego de observaciones:                                                                                           Estado de Oaxaca; 28 de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
                                                                                                                                                   Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero
                                2023-OA/CPM/129/2024-PO-06.                                                                                        del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 5 del Presupuesto
                                                                                                                                                   de Egresos del Municipio aprobado por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023.
                                Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de                         Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                $38,714.48 (Treinta y ocho mil setecientos catorce pesos 48/100 M.N.), conforme a la observación                   acción:
                                detallada en este resultado.”
                                                                                                                                                   Pliego de observaciones:
                                (…)
                                                                                                                                                   2023-OA/CPM/129/2024-PO-07.
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                            transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                         Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                                   documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de
                            Respecto a la documentación justificativa relativa al proceso de contratación                                          $419,172.74 (Cuatrocientos diecinueve mil ciento setenta y dos pesos 74/100 M.N.), conforme a la
                                                                                                                                                   observación detallada en este resultado.”
                            correspondiente y la documentación comprobatoria, presentó oficio de aclaración sin
                                                                                                                                                (…)
                            número; transferencia SPEI; requisiciones de material; autorizaciones de gastos; una
                            cotización; reportes fotográficos y comprobantes fiscales digitales por internet; los cuales               La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                            resultan suficientes para solventar las observaciones emitidas.                                            transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                  Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
                            suficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                correspondiente; evidencia del destino de los materiales; y documentación comprobatoria;
                            como solventado el Resultado: AF-11.                                                                       presentó información y documentación, cómo se detalla en el ANEXO DAM-FC-04-SOL; sin
                                                                                                                                       embargo no presentó la demás documentación del proceso de contratación
                            El siguiente Resultado: AF-12 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se              correspondiente, por lo cual resulta insuficiente para solventar la observación emitida en
                            transcribe a continuación:                                                                                 cantidad de $419,172.74 (Cuatrocientos diecinueve mil ciento setenta y dos pesos 74/100
                                                                                                                                       M.N.).
                                (…)                CON OBSERVACIÓN
                                                                                                                                       Incumpliendo con lo establecido los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                                “RESULTADO: AF-12                                                                                      Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28
                                                                                                                                       de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
                                De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2461 MATERIAL PARA INSTALACIONES ELÉCTRICAS, se constató       Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero
                                que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Matatlán, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, afectó el    del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 5 del
                                Presupuesto de Egresos en cantidad de $419,172.74 (Cuatrocientos diecinueve mil ciento setenta y       Presupuesto de Egresos del Municipio aprobado por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023.
                                dos pesos 74/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios no se encuentran
                                respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
                                correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores

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