Page 18 - Santiago Matatlán
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA (…) SIN OBSERVACIÓN Pliego de observaciones:
“RESULTADO: AF-17 2023-OA/CPM/129/2024-PO-12.
De la revisión a la sub-subcuenta 51281-2821 MATERIALES DE SEGURIDAD PÚBLICA, se constató que el H. Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Ayuntamiento del Municipio de Santiago Matatlán, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, afectó el Presupuesto documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de
de Egresos en cantidad de $67,825.20 (Sesenta y siete mil ochocientos veinticinco pesos 20/100 M.N.); $273,768.55 (Doscientos setenta y tres mil setecientos sesenta y ocho pesos 55/100 M.N.) conforme a
constatando que los registros contables y presupuestarios se encuentran respaldados con la la observación detallada en este resultado.”
documentación comprobatoria y justificativa del gasto.
(…)
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación
alguna respecto a este resultado.” La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
(…)
Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
Debido a lo anterior, este Resultado: AF-17 permanece sin observaciones. correspondiente y el documento de control de mantenimiento donde se identifique que las
refacciones y accesorios fueron utilizados en vehículos propiedad o bajo resguardo del
El siguiente Resultado: AF-18 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se Municipio, registrados en la plantilla vehicular, presentó información y documentación cómo
transcribe a continuación: se detalla en el ANEXO DAM-FC-07-SOL; sin embargo, no presentó la demás documentación
del proceso de contratación correspondiente, así como el documento de control del
(…) CON OBSERVACIÓN mantenimiento, por lo cual resulta insuficiente para solventar las observaciones emitidas en
cantidad de $273,768.55 (Doscientos setenta y tres mil setecientos sesenta y ocho pesos
“RESULTADO: AF-18 55/100 M.N.).
De la revisión a la sub-subcuenta 51291-2961 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE Incumpliendo con lo establecido los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
TRANSPORTE, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Matatlán, Distrito de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28
Tlacolula, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $273,768.55 (Doscientos setenta de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
y tres mil setecientos sesenta y ocho pesos 55/100 M.N.); observando que los registros contables y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero
presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 5 del
al proceso de contratación correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde Presupuesto de Egresos del Municipio aprobado por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023.
garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; asimismo, no presentó el documento Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
de control de mantenimiento donde se identifique que las refacciones y accesorios fueron utilizados insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable,
en vehículos propiedad o bajo resguardo del Municipio, registrados en la plantilla vehicular; lo anterior concluyendo como no solventado el Resultado: AF-18.
como se detalla en el ANEXO DAM-FC-07.
El siguiente Resultado: AF-19 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
Incumpliendo con lo establecido los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad transcribe a continuación:
Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley Adquisiciones,
Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e
Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria; y 5 del Presupuesto de Egresos del Municipio aprobado por el Cabildo
para el ejercicio fiscal 2023.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
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