Page 16 - Santiago Matatlán
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA COMPROBANTE IMPORTE Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como
OBSERVADO no solventado el Resultado: AF-14.
FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
28/09/2023 43,606.74
219dfd94-c6c0- FELIPE LEOPOLDO 34,688.02 2 DISCOS DE CORTE #733 PLANO AUSTROMEX 14" 5
4359-807e- IBARRA LUNA SOLDADURAS INFRA 1/8 PUNTA NARANJA 6013, 120 $43,606.74
8a832318acf1 MALLA CICLÓN C-11 DE 1.5 X 20
25 PTR GALVANIZADO
El siguiente Resultado: AF-15 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
$34,688.02 transcribe a continuación:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de (…) CON OBSERVACIÓN
Contabilidad Gubernamental; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación;120 de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, “RESULTADO: AF-15
Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186
párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 5 De la revisión a la sub-subcuenta 51261-2611 COMBUSTIBLES, se constató que el H. Ayuntamiento del
del Presupuesto de Egresos del Municipio aprobado por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023. Municipio de Santiago Matatlán, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en
cantidad de $1,420,243.24 (Un millón cuatrocientos veinte mil doscientos cuarenta y tres pesos
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente 24/100 M.N.), observando que los registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados
acción: con la documentación justificativa del gasto, en cantidad de $821,065.81 (Ochocientos veintiún mil
sesenta y cinco pesos 81/100 M.N.), relativa a la solicitud y autorización del gasto, documento de control
Pliego de observaciones: de consumo de combustible por unidad en funcionamiento, propiedad del municipio, registrada en la
plantilla vehicular, así como su uso adecuado en las comisiones oficiales del municipio; así mismo, no
2023-OA/CPM/129/2024-PO-09. presentó documentación comprobatoria en cantidad de $386,591.28 (Trescientos ochenta y seis mil
quinientos noventa y un pesos 28/100 M.N.); lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-05.
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de Incumpliendo con lo establecido los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad
$43,606.74 (Cuarenta y tres mil seiscientos seis pesos 74/100 M.N.), conforme a la observación Gubernamental; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 120 de la Ley Orgánica Municipal del
detallada en este resultado.” Estado de Oaxaca; 28 de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero
(…) del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 5 del Presupuesto
de Egresos del Municipio aprobado por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023.
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
transcrito, en cantidad de $43,606.74 (Cuarenta y tres mil seiscientos seis pesos 74/100 acción:
M.N.), no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, Por lo que se tiene por Pliego de observaciones:
aceptada la observación realizada.
2023-OA/CPM/129/2024-PO-10.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
de Contabilidad Gubernamental; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación;120 de la Ley documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de
Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, $821,065.81 (Ochocientos veintiún mil sesenta y cinco pesos 81/100 M.N.), conforme a la observación
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles detallada en este resultado.”
del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria; y 5 del Presupuesto de Egresos del Municipio aprobado (…)
por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023.
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
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