Page 22 - Santiago Matatlán
P. 22
INFORME FINAL DE AUDITORÍA Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable, correspondiente; y la evidencia de los servicios contratados (entregables, acuse de la
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-21. recepción de los servicios contratados), presentó información y documentación cómo se
detalla en el ANEXO DAM-FC-08-SOL; sin embargo, no presentó el proceso de contratación
El siguiente Resultado: AF-22 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se correspondiente a la modalidad establecida en la normatividad aplicable, por lo cual resulta
transcribe a continuación: insuficiente para solventar las observaciones emitidas en cantidad de $348,000.00
(Trescientos cuarenta y ocho mil pesos 00/100 M.N.).
(…) CON OBSERVACIÓN Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
“RESULTADO: AF-22 28 de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero
De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3311 SERVICIOS PROFESIONALES DE TRÁMITES LEGALES, del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 5 del
NOTARIALES, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Matatlán, Distrito de Presupuesto de Egresos del Municipio aprobado por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023.
Tlacolula, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $348,000.00 (Trescientos
cuarenta y ocho mil pesos 00/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios no Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable,
contratación correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde garanticen al concluyendo como no solventado el Resultado: AF-22.
municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento,
oportunidad y demás circunstancias pertinentes, así como la evidencia de los servicios contratados
(entregables, acuse de la recepción de los servicios contratados); Lo anterior como se detalla en el
ANEXO DAM-FC-08.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de El siguiente Resultado: AF-23 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley transcribe a continuación:
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de (…)
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 5 del Presupuesto de Egresos del Municipio aprobado
por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023. “RESULTADO: AF-23
CON OBSERVACIÓN
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3312 SERVICIOS DE CONTABILIDAD, AUDITORIA, ASESORÍA
acción: CONTABLE Y FISCAL, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Matatlán, Distrito
de Tlacolula, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $453,600.00 (Cuatrocientos
Pliego de observaciones: cincuenta y tres mil seiscientos pesos 00/100 M.N.); observando que los registros contables y
presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa
2023-OA/CPM/129/2024-PO-16. al proceso de contratación correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde
garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, así como la evidencia de los servicios
documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de contratados (entregables, acuse de la recepción de los servicios contratados); Lo anterior como se
$348,000.00 (Trescientos cuarenta y ocho mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detalla en el ANEXO DAM-FC-09.
detallada en este resultado.”
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
(…) Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
20