Page 21 - Santiago Pinotepa Nacional
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La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
FUENTE DE INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Respecto a la documentación justificativa, relativa al convenio o contrato de suministro de FINANCIAMIENTO
combustible con el proveedor; documento de control de suministro de combustible por NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FECHA BANCARIA Y O IMPORTE
maquinaria y equipo en funcionamiento, propiedad del municipio, registradas en la plantilla PARTICIPACIONES 23/10/2023
vehicular; así como, su uso adecuado en las comisiones, presentó información y (RAMO 28) - NÚM. DE TRANSFERENCIA 191,017.20
documentación, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-10-SOL; sin embargo, no identifica RECURSOS $191,017.20
que todos los vehículos a los que se les suministro combustible cuenten con su contrato de FEDERALES CUENTA BANCARIA
arrendamiento o estén debidamente registrados en la plantilla vehicular autorizada, por lo
cual, la documentación presentada resulta insuficiente para solventar las observaciones Banco
emitidas, en cantidad de $32,441.77 (Treinta y dos mil cuatrocientos cuarenta y un pesos
77/100 M.N.). Santander
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, y 70 fracción I de la Ley General de 031709 23/10/2023 191,017.20 010282 23/10/2023 191,017.20 (México), 1088693
Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de $191,017.20
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. S.A.,
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera 65509618868
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-23. TOTAL $191,017.20
El siguiente Resultado: AF-24 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que Continúa cuadro a la derecha…
se transcribe a continuación:
COMPROBANTE IMPORTE
(…) OBSERVADO
FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
“RESULTADO: AF-24 CON OBSERVACIÓN 27/10/2023 191,017.20
550C0304- DISTRIBUIDORA 140 PZA PLAYERA RÁPIDA MARCA TEXUR CON DOS LOGOTIPOS
De la revisión a la sub-subcuenta 51271-2712 UNIFORMES Y ACCESORIOS, se constató que el H. 5014-4F94- COMERCIAL $191,017.20
Ayuntamiento del Municipio de Santiago Pinotepa Nacional, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, afectó KALAHARI SA BORDADOS TAMAÑO GAFETE Y PARCHE LATERAL, 140 PZA PANTALÓN
el Presupuesto de Egresos en cantidad de $566,742.47 (Quinientos sesenta y seis mil setecientos 96CD- DE CV
cuarenta y dos pesos 47/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios, no se 56F7496063E0 191,017.20 MRCA TEXSUR CON
encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto en cantidad de $191,017.20
(Ciento noventa y un mil diecisiete pesos 20/100 M.N.), relativa al proceso de contratación COSTURA ANTIDESGARRE FABRICADO EN TELA RIPSTOP, 70 PZA GORRA
correspondiente, conforme la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio las mejores
condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás DE POLIÉSTER CON UN LOGOTIPO BORDADO, 70 PZA BOTA TRS
circunstancias pertinentes; así como, la evidencia de la recepción de los uniformes adquiridos por
parte de los beneficiarios, lo anterior como se detalla a continuación: TÁCTICA
$191,017.20
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley
de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado
de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
Pliego de observaciones:
2023-OA/CPM/130/2024-PO-16.
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $191,017.20 (Ciento
noventa y un mil diecisiete pesos 20/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
resultado.”
(…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Respecto a la documentación justificativa, relativa al proceso de contratación
correspondiente y la evidencia de la recepción de los uniformes adquiridos por parte de los
beneficiarios, presentó pólizas de diario; CLC; póliza de egresos; SPEI; solicitud; cotizaciones;
cuadro comparativo; oficio de suficiencia presupuestaria; autorización; copia de la
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