Page 23 - Santiago Pinotepa Nacional
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La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                             propiedad del municipio registradas en la plantilla vehicular, lo anterior como se detalla a                                                INFORME FINAL DE AUDITORÍA
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                              continuación:

Respecto a la documentación justificativa, relativa al proceso de contratación                                           PÓLIZA DE DIARIO         PÓLIZA DE EGRESO                                                     BANCO
correspondiente y la evidencia de la recepción de los uniformes adquiridos por parte de los
beneficiarios, presentó pólizas de diario; CLC; pólizas de egresos; SPEI; solicitudes;                                                                                                  FUENTE DE              INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE
cotizaciones sin firma; cuadro comparativo; oficio de suficiencia presupuestaria;                                                                                 IMPORTE FINANCIAMIENTO
autorización; copia de la identificación oficial del representante legal de la empresa; CFDI y                    NÚMERO FECHA       IMPORTE NÚMERO FECHA                                          FECHA       BANCARIA Y     O               IMPORTE
reporte fotográfico; contratos con fecha anterior a la autorización del gasto y al cuadro
comparativo; por lo cual, la documentación presentada resulta insuficiente para solventar                                                                                                                      NÚM. DE TRANSFERENCIA
las observaciones emitidas en cantidad de $144,717.37 (Ciento cuarenta y cuatro mil
setecientos diecisiete pesos 37/100 M.N.).                                                                                                                                                                     CUENTA        BANCARIA

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43 y 70 fracción I de la Ley General de                      014989 09/06/2023 120,000.00 004853 09/06/2023  120,000.00   PARTICIPACIONES     09/06/2023       Banco    SPEI REF:        120,000.00
Contabilidad Gubernamental; 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,                                                                                                         (RAMO 28) -                    Santander   3398175
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles                                                                                              RECURSOS                      (México),
del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto                                                                                           FEDERALES
y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca                                                                                                                                    S.A.,
para el Ejercicio Fiscal 2023.                                                                                                                                                                                 65509618868

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                                                                                      PARTICIPACIONES                      Banco
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                                                                                                                                Santander
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-25.                                                               038583 14/12/2023  51,000.00 012509 14/12/2023    69,745.00  (RAMO 28) -         14/12/2023     (México), SPEI REF: 436104  69,745.00
                                                                                                                                                                                RECURSOS
El siguiente Resultado: AF-26 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que                                                                                                                            S.A.,
se transcribe a continuación:                                                                                                                                                  FEDERALES                       65509618868

         (…)                                                                                                      TOTAL              $171,000.00                  $189,745.00                                                                 $189,745.00

            “RESULTADO: AF-26 CON OBSERVACIÓN                                                                     Continúa cuadro a la derecha…

            De la revisión a la sub-subcuenta 51291-2982 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MAQUINARIA                                           COMPROBANTE                                                                             IMPORTE
            PESADA Y DE CONSTRUCCIÓN, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Pinotepa                                                                                                                             OBSERVADO
            Nacional, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de                FECHA             NÚM.       PROVEEDOR         IMPORTE                                      CONCEPTO
            $171,000.00 (Ciento setenta y un mil pesos 00/100 M.N.); observando que los registros contables y     12/06/2023                                                               1 SERVICIO DE CAMBIO DE TURBO Y BOMBA                 120,000.00
            presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa              866AC831-C5C4-          SERVICIO                 120,000.00  DE INYECCIÓN RETROEXCAVADORA, 1
            al proceso de contratación correspondiente, conforme la normatividad aplicable, en donde              22/12/2023      4E47-B7A2-      AUTOMOTRIZ Y                             TURBO RE MANUFACTURADO, 1 BOMBA DE                      51,000.00
            garanticen al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,                                              REFACCIONES                              INYECCIÓN RE MANUFACTURADA…                         $171,000.00
            financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, así como, el documento de control                  965C20C2738A       PRIMERA LÍNEA                            1 SERVICIO DE MANTENIMIENTO
            de mantenimiento que evidencie y justifique los servicios a las unidades en funcionamiento,                                                                                    PREVENTIVO Y CORRECTIVO MAQUINARIA
                                                                                                                              D482526F-E7E0-          RACING SPOT              69,745.00   RETROEXCAVADORA CATERPILLAR, 6
                                                                                                                                  43C0-91A9-      AUTOMOTRIZ SA DE                         ANTIFREEZE, 4 SHAFT AS…
                                                                                                                                 116463358FEA
                                                                                                                                                             CV

                                                                                                                                                                    $189,745.00

                                                                                                                  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                                                                                                                  Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley
                                                                                                                  de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
                                                                                                                  Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley
                                                                                                                  Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado
                                                                                                                  de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.

                                                                                                                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                                                                                                  acción:

                                                                                                                  Pliego de observaciones:

                                                                                                                  2023-OA/CPM/130/2024-PO-18.

                                                                                                                  Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                  documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $171,000.00 (Ciento
                                                                                                                  setenta y un mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”

                                                                                                                  (…)

                                                                                                                  La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                                                                                                  antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                                                                                                                                                                                                                                                          21
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